El Gobierno no descarta cambios legales si el Supremo no falla a favor de las CCAA

El Gobierno aseguró ayer que existe ahora la posibilidad de “realizar cambios legales adicionales”, los cuales se  plantearán ante las Cortes si fuesen necesarios. Este dilema ha surgido a raíz del último cambio con el que aprobaron que fuera el Tribunal Supremo (TS) quien decidiese sobre los recursos de las autonomías tras el estado de alarma. Así, se suponía que, si los Tribunales Superiores de Justicia tumbaban sus restricciones, las comunidades autónomas tenían la posibilidad de acudir al TS para que unificase la doctrina.

No obstante, y ante las discrepancias generadas, el ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, aseguró ayer que podrían realizarse cambios normativos para solventar los conflictos. Además, recalca que las comunidades autónomas aún tienen la posibilidad de solicitar que se declare el estado de alarma sólo en su territorio. “Es una posibilidad específicamente prevista en nuestra legislación, que el Gobierno central ya se ha comprometido a apoyar”, ha subrayado.

ESTADO DE ALARMA ES EXCEPCIONAL

También, asegura que el Gobierno sabe el “enorme coste que las restricciones han tenido para la ciudadanía”, tanto en el ámbito económico como emocional. Por ello, entienden que fue un acierto acudir al estado de alarma. Sin embargo, ha subrayado que este es un “derecho de excepción”, por lo cual sólo debe usarse durante el tiempo “absolutamente imprescindible”. 

Pese a ello, el ministro ha explicado que el fin del estado de alarma no supone el fin de todas las restricciones instauradas hasta ahora. Asegura que nuestro ordenamiento jurídico posee “mecanismos suficientes” para que los gobiernos autonómicos puedan mantener las medidas que consideren oportunas.

“Contamos con una ley general de salud pública, una de medidas especiales sanitarias y otra de seguridad nacional. Incluso las administraciones locales cuentan con instrumentos útiles en la prevención. Y allí donde sea necesario adoptar disposiciones que restrinjan derechos fundamentales, se deberá recabar autorización judicial. Ese es el sistema vigente en nuestro país», añade Campos.

CAMBIOS LEGALES ADICIONALES

Igualmente, el ministro de Justicia ha recordado que este procedimiento ya se incluyó en Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Por ello, el Gobierno ha decidido reformarlo para permitir dos cosas. Primero, que los tribunales superiores de justicia de cada comunidad fueran los encargados de denegar o validar las medidas; y, segundo, que la última palabra la tuviese el TS.

En consecuencia, defiende que el sistema es lo suficientemente “flexible y garantista” como para que los jueces puedan hacer «un juicio de proporcionalidad» sobre las restricciones de los derechos de los ciudadanos. Así, el Supremo deberá encargarse de marcar el camino común para toda España.

Finalmente, ha añadido que, si a raíz de sus resoluciones, resultaran necesarios “cambios legales adicionales, se estudiarán y propondrán a las Cortes”.

PLAN B PROPUESTO POR EL PP

En este sentido, Teodoro García Egea (secretario general del PP) se pronunció ayer también al respecto. Ha explicado que el partido está de acuerdo en sentarse a hablar con el Ejecutivo actual para poder cambiar la ley y otorgar seguridad jurídica a las autonomías. De esta forma, ha ofrecido el Plan B que el PP registró en el Congreso hace apenas un mes. 

Gracias a ella, se lograría que “entrase en vigor la ley de pandemias que permitiese a las comunidades autónomas gestionar estas cuestiones de una forma autónoma”. Así, según García Egea, con esta iniciativa se podría acabar en tan solo 15 días con el caos jurídico y con la “inseguridad jurídica”. A lo que ha agregado: “Ahora mismo las CCAA no tienen libertad para proteger la pandemia porque no existen herramientas e instrumentos jurídicos para luchar contra ella”.

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