AENA es obligada a permitir el acceso de sus trabajadores a todas las webs sindicales

Ha sido el Supremo quien ha tomado esta decisión, asegurando que AENA vulnera derechos fundamentales al bloquear el acceso de su plantilla a estas webs.
AENA
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El Tribunal Supremo (TS) ha obligado a AENA a que facilite el acceso online a webs de contenido sindical. Así, toda la plantilla podrá consultar estas webs. Esta sentencia se ha producido tras comprobar que el gestor aeroportuario impedía y bloqueaba la entrada a la página de Alternativa Sindical, ya que no la consideraba como un sindicato representativo.

De esta forma, el TS ha estimado parcialmente la demanda de la Asociación Española de Profesionales de la Gestión Aeroportuaria y de la Navegación Aérea (Asepan). En consecuencia, la resolución judicial declara que, el bloqueo al acceso a esta web por parte del departamento de Recursos Humanos de AENA, vulnera los derechos fundamentales de los trabajadores. Concretamente, el derecho a la libertad sindical y de igualdad de trato.

HECHOS

Según constata la sentencia, Asepan comunicó “en reiteradas ocasiones a la dirección de la empresa” las quejas que interpusieron los empleados que no podían acceder a la web de Alternativa Sindical. Entonces, manifestaron que se producía un “trato discriminatorio” hacia este sindicato.

Por lo que, a mediados del año 2018, el presidente de Asepan envío un mail a la directora de Organización y Recursos Humanos de AENA. En él denunciaba esta censura que parecía “propia de los regímenes fascistas” y, por tanto, solicitó que se permitiera el acceso a toda la plantilla.

Sin embargo, su correo obtuvo una respuesta negativa. Así, el departamento alegaba como motivo para el rechazo, que Alternativa Sindical “no ostenta la condición legal de más representativo, ni goza de implantación en el comité de centro del Aeropuerto de Madrid Barajas, ni en ningún otro centro de AENA”.

VULNERACIÓN DE DERECHOS FUNDAMENTALES

Aunque la Audiencia Nacional desestimó la demanda en primera instancia, explicando que Asepan no tenía legitimación para ello, pero ahora el TS ha resuelto en su favor. De esta manera, atiende la petición del sindicato, asegurando que, impedir el acceso por internet a páginas sindicales a los empleados, vulnera los derechos fundamentales.

No obstante, los magistrados no han entrado a valorar si existía discriminación por esta conducta. El motivo es que quien debería haber planteado judicialmente dicha cuestión es Alternativa Sindical, pero no Asepan.

En este sentido, Alternativa Sindical AENA/Enaire ha emitido un comunicado. En él lamenta que la empresa “se haya empeñado en poner puertas al campo restringiendo el acceso a una web”.

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