Inestabilidad legal tras la finalización del estado de alarma

Inestabilidad legal tras la finalización del estado de alarma
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  • Idaira Loras Martín

El presidente de la sección de derecho administrativo del Colegio de Abogados de Madrid (ICAM), Alberto Dorrego, advierte que, tras la finalización del estado de alarma, se ha abierto un periodo de inestabilidad jurídica.

El pasado domingo, finalizó el estado de alarma en nuestro país. A raíz de esta situación, numerosos juristas y expertos legales han señalado que vamos a entrar en un nuevo periodo de inseguridad jurídica debido a la falta de leyes que se deban aplicar a esta situación.

Han surgido numerosas dudas y cuestiones sobre la caída del Real Decreto-ley 8/2021, de 4 de mayo. Y, es que, el marco jurídico que regía nuestro país durante esta dura crisis ha desaparecido y nos encontramos ante un vacío legal.

Los juristas advierten que, los distintos políticos y administrativos deben asumir las responsabilidades socio-sanitaria y no dejarles toda esa responsabilidad a los tribunales.

El ICAM ha tenido una jornada de reflexión junto con la Asociación de Comunicadores e Informadores Jurídicos (Acijur). En esta reunión se han tratado temas como las nuevas restricciones que van a abrirse camino: por un lado medidas relativas al ocio y espectáculos y, por otro lado, el número de personas que se pueden reunir.

Son las comunidades autónomas las que tienen la potestad de solicitar a los tribunales, la adopción de las medidas que consideren en lo referente al ocio. La moderadora de la reunión ha añadido que: «lo que las Comunidades Autónomas no pueden hacer es tomar decisiones sobre medidas que afecten a los derechos fundamentales de las personas como la libre circulación territorial, el confinamiento domiciliario, o la limitación del aforo máximo en el interior de los hogares. Esto solo se podría restringir con medidas más extensas como los estados excepcionales de Alarma o Excepción”.

Para tomar estas últimas decisiones, en lo referente a las limitaciones de aforo o confinamientos, las CCAA (Comunidades Autónomas) tienen que solicitar una autorización judicial para poder llevarlo a cabo, no por su propia voluntad.

Se les han impuestos las obligaciones correspondientes a los políticos, a los jueces y magistrados. Los tribunales sirven para corregir y ratificar dudas, pero no para tomar decisiones sobre las restricciones, ya que estas no son sus funciones.

El Gabinete Técnico del Tribunal Supremo advierte que, el Decreto-Ley del Gobierno es totalmente insuficiente para regular la nueva situación tras la finalización del estado de alarma.

La mayor parte de los juristas abogan por la continuación del estado de alarma, ya que, al no haber regulación suficiente para llevar esta nueva situación, puede haber un empeoramiento notable en la salud pública.

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