Consecuencias legales de las series biográficas
En los últimos años, diferentes medios audiovisuales han apostado por la creación de series biográficas. Su propósito es dar a conocer la vida de diferentes personalidades. Algunos de los ejemplos más famosos son Narcos (Pablo Escobar), Isabel (Isabel I de Castilla) o Veneno (Cristina Ortiz, la Veneno).
Sin embargo, a pesar de que estas series intentan recrear la vida de estas personas, hay aspectos que se escapan a los guionistas o, simplemente, se deciden crear tramas para que la serie sea más entretenida. Es aquí donde confluyen dos puntos relevantes: ¿Qué debe prevalecer, el derecho al honor o la libertad de creación?
The Crown
La última temporada de la serie de Netflix ha creado una gran polémica con el Gobierno Británico. Desde Gran Bretaña se solicitó que en cada capítulo hubiese un rótulo donde se aclarase que la serie era ficción. Sin embargo, la empresa norteamericana se negó a hacerlo. Y la polémica llegó cuando la serie retrató de manera inexacta algunos aspectos de la Corona británica, dejando en mala posición a la Reina Isabel II y a su heredero, el príncipe Carlos.
Oliver Dowden, Secretario de Estado de Cultura del Gobierno Británico declaró que la serie era una «maravillosa obra de ficción». Por ello, apuntó que Netflix debía ser claro en este aspecto, ya que algunos espectadores que no vivieron esa época, «pueden confundir la ficción con la realidad».
Sin embargo, la plataforma respondió que no veía necesario poner ningún aviso porque desde el primer momento habían presentado la serie como un drama «basado en eventos históricos».
De esta forma, The Crown vuelve a abrir el debate sobre las series biográficas. Hay quienes creen que este tipo de series debe ser fiel a la realidad, y quienes creen que los creadores se pueden tomar ciertas libertades para hacer una serie entretenida.
¿Libertad de creación?
Al tratarse de una figura pública, hay quienes consideran que debe haber un límite en la creación audiovisual basada en estos personajes. Y es que entran en juego varios aspectos como:
- Libertad de expresión
- Libertad de creación
- Derecho de información
- Derecho a la imagen
- Derecho al honor
- Derecho a la intimidad
Para poder tener en cuenta estos derechos, hay dos aspectos que resultan clave. Por una parte, se atiende al tratamiento más o menos creativo de la obra, dejando constancia el grado de distanciamiento con la realidad. Para ello, cada obra tendría que ser analizada de forma individual.
Por otro lado, el espectador tiene que reconocer al personaje y a los hechos como ficción. Esto está respaldado por el Tribunal Constitucional (51/2008 de 14 de abril), quien deja constancia que se «pueden coger datos de la realidad como puntos de referencia». De esta manera, la creación de un «universo de ficción» está protegida por la creatividad del artista, la cual es considerada un instrumento.
Sin embargo, España es uno de los países donde rige un marco constitucional un tanto restrictivo con respecto al derecho al honor y a la intimidad de las personas. Por eso, el hecho de crear una nueva realidad, no permite que ésta sea utilizada para injuriar o calumniar a los personajes públicos que toman como referencia, donde en ocasiones es necesario tener la aprobación de las personas a las que se retrata.
El caso más sonado es el de Isabel Pantoja con Mi gitana. En este, el tribunal determinó que se entrometió de forma ilegítima en el derecho a la intimidad. Por ello, se obligó a Telecinco a retirar de su página web la miniserie y a indemnizar con 10.000 euros a Pantoja.