Mayo de 2021, la nueva fecha prolongada para los ERTE

El Consejo de Ministros aprobó el pasado martes una prórroga de otros cuatro meses de los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE). Concretamente, esta prolongación durará hasta el 31 de mayo de 2021, debido a la crisis de la tercera ola que se está viviendo. Además, confirmaron la prestación extraordinaria por cese de actividad para los autónomos que se encuentren en esta misma situación.

El Gobierno instó que, debido a los efectos negativos que el empleo está teniendo a consecuencia de la crisis del coronavirus, se deberán mantener las mismas medidas excepcionales de los artículos 22 y 23 del Real Decreto-Ley 8/2020, de 17 de marzo. Estos hacían referencia a las reducciones o suspensiones de las jornadas laborales debido a la pandemia de la Covid-19.

Nuevas medidas

Para esta prolongación, se ha creado el Real Decreto-Ley 2/2021, de 26 enero.

En el primer artículo de este nuevo decreto ley, se establece una prolongación de los ERTE hasta el 31 de mayo de 2021. También se prorrogan los expedientes de regulación temporal de empleo por impedimento en el desarrollo de la actividad.  

A pesar de que algunas condiciones se mantienen, otras son diferentes en esta prórroga. Estas son algunas de las dudas que pueden surgir:

Es obligatorio que el empleo se mantenga durante seis meses tras la aplicación del ERTE. Esta ha sido una de las medidas más complicadas de mantener en el diálogo entre el Gobierno y la patronal. Esta insistía en reclamar la flexibilidad de esta norma.

En caso de que el empresario despidiese a uno de los trabajadores durante los seis primeros meses, este debería abonar todas las exenciones sociales de las que se hubiera beneficiado. Debería abonar también el recargo y los intereses de demora.

Además de no despedir a sus trabajadores, las empresas no podrán interrumpir los contratos temporales que tengan, no podrán prohibir hacer horas extra, así como externalizar servicios.

En caso de que el trabajador lleve más de seis meses en ERTE, no se reducirán las prestaciones que percibe.

Aquellas personas que lleven más de 180 días en ERTE seguirán recibiendo el 70% de la base reguladora. Antes, transcurrido este plazo, se reducía al 50%. Del mismo modo, no se exigirá periodo de carencia para el acceso a la prestación. Además, el tiempo de paro que se haya consumido en el ERTE hasta enero del 2022, no se contabilizará “a efectos de prestaciones futuras”.

Se continuará aplicando la protección a los trabajadores fijos discontinuos y se mejorará la protección a aquellos que tengan un contrato a tiempo parcial y se vean afectados por el ERTE.

La tercera prórroga

La ampliación de los ERTE se ha aprobado después de que el Gobierno central cerrase un acuerdo con la patronal y los distintos sindicatos que mantienen las exoneraciones, la protección a los empleados y la obligación de mantener plantillas.

El ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones -José Luis Escrivá- lo explicó de esta manera en la rueda de prensa del pasado martes: “Esta tercera prórroga tendrá un coste que superará los 5.000 millones de euros, entre prestaciones a los trabajadores y exoneraciones en las cotizaciones de las empresas”.

El ministro afirmaba que se basaban en el esquema vigente de los pasados meses. Afirmaba que “los ERTE han sido un éxito y todavía lo vamos a hacer más fácil para que la transición de un ERTE a otro se haga de una forma muy sencilla”. Además, señalaba que “aquellos trabajadores que estén bajo un esquema de ERTE tendrán una prestación en torno al 70% de la base reguladora. Volvemos a dar continuidad a los tres esquemas de ERTE vigentes en los cuatro meses anteriores”.

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