El CVCA remite un protocolo de suspensión de actos judiciales
El 4 de noviembre de 2020 el Consejo de Valencia de Colegios de Abogados (CVCA) remitió la propuesta de protocolo de suspender vistas. Pero esta propuesta que garantiza seguridad jurídica y la conciliación laboral de los profesionales lleva más de 10 años sobre la mesa del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV). Y es que la Sala de Gobierno entiende que estas decisiones eran una competencia jurisdiccional, por lo que no se ha llegado a firmar.
La postura del CVCA
Debido al rechazo de esta propuesta, el CVCA no ha cesado su empeño en conseguir esa firma. La institución entiende que se trata de una herramienta imprescindible para mejorar la defensa de los intereses de la sociedad y de los propios abogados. Se considera imprescindible porque se pueden conocer antes si existen los requisitos para suspender la vista.
Agustín Ferrer, presidente del CVCA, afirma que “la aprobación de un protocolo de estas características es imprescindible en la Comunitat Valenciana». Dice que con ello dará mayor seguridad jurídica posible y contribuirá a frenar la pandemia de la Covid-19.
Además, Ferrer sostiene que “el protocolo puede ser muy útil en los actuales tiempos, donde de forma diaria se suspenden juicios atendiendo a criterios diversos y particulares de cada juzgado, sin que existan unas normas comunes, que permitan tener seguridad jurídica a los abogados”.
Por ello, se ha remitido el documento al TSJCV por medio de la Comisión de Relaciones con la Justicia. Este escrito incluye el último protocolo presentado donde se tratan cuestiones como la prioridad de suspensión de las diligencias singulares frente a una vista sobre el fondo de un asunto.
Del mismo modo, si el abogado defensor tiene dos vistas en el mismo día en diferentes tribunales, la CVCA propone que se dé preferencia a los juicios en este orden:
- Ante el tribunal del jurado
- Los juicios con personas presas
- Los juicios y vistas referidos a la adopción de medidas protectoras o cautelares que afecten a menores de edad
Si son cuestiones personales del abogado, se contempla solicitar la suspensión de juicios por un periodo de 90 días. En caso de ser positivo en Covid-19, la suspensión se extendería al periodo de confinamiento establecido.
También se incluye la suspensión de juicios por tratamientos de fertilidad (intervención clínica), cuando haya que guardar reposo, en caso de embarazo de riesgo, y la suspensión durante 90 días naturales cuando tenga lugar un nacimiento o adopción.