La ID Soberana ¿Evitará el “edadismo” en el trabajo?
Tanto la identidad digital como la identidad (auto)soberana son un nuevo modelo que afectará a nuestra forma de convivencia digital. Hasta el punto de ser los sistemas que dominarán el suministro de datos en un futuro próximo.
Con ellos, el titular toma el control de su información y compartirá solo aquella que sea útil y necesaria para lo que necesita buscar, contratar o aportar en la red.
Pero, ¿Puede esto afectar a los procesos de selección de una empresa? Mucho se habla sobre el “edadismo” o la problemática que mucho talento senior encuentra a la hora de buscar trabajo. ¿Será la identidad soberana un aliado para terminar con estas situaciones y muchas otras?
Veamos antes qué significa cada uno de estos conceptos:
A/ La identidad digital
La identidad digital podemos entenderla como la forma que tenemos de identificarnos inequívocamente a la hora de acceder a servicios en línea.
a.Identidad como coste:
En este sentido, nos encontramos con un escenario asociado a la identidad como un coste, con especial énfasis en el coste que nos cuesta la protección de la identidad (por ejemplo: Un banco hace una inversión para garantizar la seguridad de los usuarios y es además autenticable, pero esto genera un coste para la entidad).
b.Identidad como medio de pago:
Hemos pasado de sistemas como las contraseñas a sistemas de tipo pagos con segundo factor de autenticación, verificación de identidad y medidas de seguimiento. En este sentido, los bancos han implementado sistemas de seguridad mediante comprobación con apps que te solicitan PIN o huella biométrica.
También pagamos con nuestra identidad digital. Cuando el servicio es gratuito, la mercancía son tus datos, emplean tu identidad para venderla o mercadear con ella, a cambio de recibir determinados accesos o servicios.
c.Monopolio del dato:
Usamos cuentas proporcionadas por grandes operadores como Google o Facebook para acceder a todas partes y rincones de la red. La Ley de los servicios de la sociedad de la información (“LSSI”) establece al respecto determinadas obligaciones para los negocios online, las comunicaciones comerciales y la contratación electrónica (avisos legales, contenido de las condiciones de contratación en los Ecommerce…).
d.Bien social:
La Administración pública ha logrado crear un metasistema de identidad para acceder con tu DNI electrónico a sus páginas y servicios. Ahora, gracias a esto, es posible no desplazarnos de casa para hacer trámites, es por ello que la ID está ligada al bien social.
Hemos visto un cambio de desarrollo incentivando el uso de medios electrónicos para la prevención del blanqueo de capitales a efectos de identificación, para que se puedan admitir sistemas del Reglamento eIDAS. Además, en la normativa relativa a la prevención del blanqueo de capitales, se han insertado actores nuevos como las criptomonedas.
B/ Identidad autosoberana
Identificación basada en alegaciones endosadas mediante DLT (“Distributed Ledger Technology” – blockchain). Estos mecanismos se regulan por Reglamento eIDAS y la LPAC (Ley de Procedimiento Administrativo Común).
La entendemos como una identidad descentralizada: Gracias a la sofisticación de los teléfonos móviles, los bienes de equipo, los avances en criptografía y la blockchain, es posible crear nuevos marcos de identidad descentralizados que pueden incluir un interesante conjunto de identidad soberana descentralizada conocida como identidad autosoberana o auto gestionada (SSI).
La identidad autosoberana es el siguiente paso más allá de la identidad centrada en el usuario y esto quiere decir que comienza en el mismo lugar: el usuario controla su identidad.
Esto requiere un verdadero control del usuario de esta identidad digital, creando la autonomía del usuario.
Funcionamiento
Como usuario, me genero mi identificador que no depende de nadie, porque lo registro en una red de DLT, y obtengo credenciales para acceder a mis perfiles de redes sociales, tiendas o servicios. Sin embargo, el receptor, la tienda, la plataforma que recibe mi credencial, no va a tener ningún trasvase de información.
La tecnología blockchain, se usa para sustentar el mecanismo de control de la ID. Es como mi URL personal, ostenta una dirección que controlo sólo yo, me aporta garantía de existencia, persistencia y control. El perfil lo voy completando con información bancaria o de diferentes registros como el Registro Civil, Universidad, Ayuntamiento (padrón, títulos, etc.).
En el modelo DLT, que se basa la identidad autosoberana:
- Entregamos nuestra fecha nacimiento, por ejemplo, para acceder a una plataforma.
- Pero no todos los datos (nuestro domicilio o edad) pueden ser necesarios para los fines o servicio que vamos a usar. En ese caso, los elegimos a la carta y solo utilizamos los que se acomodan al uso concreto.
Ejemplo; Si voy a formalizar una inscripción en una red social, poco les interesa conocer donde vivo, tan sólo si soy mayor de edad y mi nombre. Todo ello, implementado en algunos casos, es un modelo mucho más garante, y actúa como muestra de un camino hacia la seguridad.
El tercer receptor no tiene que tener datos que no necesita para ofrecerme un servicio concreto y eso es lo que ocurre a la hora de presentarnos a una candidatura de empleo en una empresa.
C/ ¿Por qué es útil?
- Servicios en línea:
Miles de usuarios se ven abocados a que les cierren sus cuentas en redes sociales por faltar algún dato, o recibir denuncias de phising o similares. Deberíamos existir como personas con independencia de cualquier proveedor de servicios, con potestad para decidir sobre nuestra propia identidad.
Esto es lo que se quiere realmente en la red, y la identidad soberana podría ser una revolución.
- Control de la identidad:
Con este sistema eres tu propia fuente de autoridad, puedes seleccionar los datos que quieres compartir en cada situación. Si para optar a un empleo tan solo es necesario compartir tu titulación y que eres mayor de edad, sería una solución ideal a todo acto de discriminación o como complemento al tan anhelado “curriculum ciego”.
- Histórico digital:
Todos los “me gusta”, “recomendaciones” que puedo conseguir en las redes sociales se acumularían en este perfil digital. Toda esa información estaría en mi sistema de almacenamiento en nube controlado únicamente por mí.
- Phising y ciberseguridad:
Se reduce el riesgo de robo de identidad por estar dentro de la red DLT, puesto que es más difícil atacar 1 millón de móviles (nodos) que una base con datos de 1 millón de personas. Sustituir un nodo central por una red de cientos de nodos, hace que el riesgo se disminuya (no quizás descentralizada, pero distribuida sí).
Eliminamos la posibilidad de tener información colateral del usuario en línea, la traza de ese día, de lo que he realizado (trámites en el banco, compra…). Además, reduce el riesgo de “gran hermano”, y el coste de cumplimiento de protección de datos.
Conclusión
Y con todo ello, acabaría el modelo de feudalismo digital, no pudiéndose suspender el identificador base por nadie. Un futuro ideal que precisa todavía de algunos cambios y derogaciones normativas como el Real Decreto-ley 14/2019, de 31 de octubre al establecer que en las relaciones de la Administración con los usuarios;
“no serán admisibles en ningún caso y, por lo tanto, no podrán ser autorizados, los sistemas de identificación basados en tecnología de registro distribuido y los sistemas de firma basados en los anteriores, en tanto no sean objeto de regulación específica por el estado en el marco del Derecho de la Unión Europea”.
WEB: www.evahernandezramos.com
Sobre la autora: Eva María Hernández Ramos.
Abogada didáctica y ciberhumanista. Eva Hernández es Líder en aumentar las habilidades y las competencias de los profesionales en los sectores logísticos y tecnológicos. Además de Premio nacional en Derecho Marítimo 2020. Fundadora de Alana Space Lab, una iniciativa formativa única en la metodología basada en el smarthing como elemento de estandarización de los procesos educativos en los ámbitos de la movilidad, la tecnología y el mundo cyber: ejes de la transformación productiva en todos los sectores.
Creadora y titular de fichas de estiba y protocolo de responsabilidad jurídica (registrado en registro de la propiedad intelectual e industrial). Creación que está en vías de regulación por DGT y EUMOS y será de aplicación en España.