Ejemplos de ilegalidades en materia de consumo durante la pandemia

  • LEGÁLITAS

Madrid, 14 de octubre de 2020.- En el ámbito del derecho para la defensa de los consumidores y usuarios disponemos de dos normas que son fundamentales en orden a considerar una cláusula abusiva o ilegal en tiempos de la COVID-19.

De un lado, el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de Noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, en cuyo artículo 82 se definen las cláusulas abusivas como “todas aquellas estipulaciones no negociadas individualmente y todas aquéllas prácticas no consentidas expresamente que, en contra de las exigencias de la buena fe causen, en perjuicio del consumidor y usuario, un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato”; y, de otro lado, el artículo 36 del más reciente Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente a la COVID-19, por el cual se viene a contemplar el derecho de reembolso económico a favor del consumidor en todos aquellos supuestos en que, a consecuencia de la situación provocada por la “nueva normalidad” y la COVID-19, no se puedan celebrar o ejecutar los contratos celebrados  entre éstos y los prestadores de los servicios.

En este sentido, Legálitas plantea algunos ejemplos de diferentes casuísticas sobre cláusulas o condiciones de contratación que se podría afirmar serían ilegales en el momento actual:

En consecuencia, desde Legálitas y con carácter general, podríamos afirmar que siempre que se trate como algo impositivo por parte del prestador del servicio hacia el consumidor y no de algo consensuado entre las partes, la ley siempre va a estar del lado del consumidor y este dispone de mecanismos de reacción frente a aquel para poder reclamar y restituir la situación en su beneficio.

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