Se rechaza el análisis de pelo como un test de drogas fiable para los conductores

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº1 de Pontevedra confirmó la multa que se impuso a un conductor que dio positivo en una prueba de drogas. La Jefatura Provincial de Tráfico le condenó al pago de 1.000 euros y le quitó seis puntos del carné de conducir.

Los hechos ocurrieron el pasado 16 de diciembre de 2018 cuando el conductor, que circulaba por la autopista AP-9 bajo los efectos de las drogas, fue interceptado por la Policía. Ante estos hechos, el conductor sancionado presentó un recurso. En él alegaba que no había consumido ningún tipo de droga.

Para fundamentar su recurso, aportó un análisis de cabello que se había realizado en la Universidad de Santiago. Según esta prueba, el resultado del consumo de drogas fue negativo en los últimos cinco meses. Sin embargo, para determinar la fiabilidad de esta prueba el juez recurrió a las declaraciones de tres especialistas. 

Estos confirmaron que la prueba de pelo es irrelevante cuando se quiere saber si se ha hecho un consumo puntual de drogas, porque no permite constatarlo “en un día aislado y determinado, si el sujeto no es toxicómano”. Sólo sirve para determinar si una persona es consumidora habitual, por lo que para demostrar este consumo puntual será necesario un análisis de saliva o de sangre. 

A través del drogotest, los agentes de Tráfico comprobaron que el conductor era positivo en cannabis, y rechazó también un contraanálisis de sangre. Por lo que se envió otra muestra de saliva al laboratorio para comprobarlo, y ésta además del positivo en cannabis también dio en cocaína. 

DOBLE ANÁLISIS

De esta manera, el juez resuelve las dudas sobre el sistema de análisis de saliva en los controles de conducción. Así, queda claro que la prueba de cabello no es fiable para los consumos puntuales.

Además, el magistrado recomienda en su sentencia que la Dirección General de Tráfico envíe dos muestras de saliva en vez de una a los laboratorios. Así se mejoraría el sistema y se permitiría que los conductores tuvieran la posibilidad de solicitar otro análisis, otorgando mayores garantías. 

Por lo tanto, esta es la “principal prueba de cargo”, puesto que cuando se conoce el resultado de la prueba de saliva “ya no es posible acudir a la prueba de contraste del análisis de sangre».

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