¿Qué se considera un accidente laboral durante el teletrabajo?
En los últimos años, el trabajo a distancia ha ido ganando terreno en España. Además, con la crisis del COVID-19 muchas otras empresas se han visto obligadas a adoptar sistemas de teletrabajo. Según el Instituto Nacional de Estadística (INE), más de tres millones de personas teletrabajan actualmente en España. El motivo por el que parte de estas empresas no había implantado el teletrabajo hasta el momento era, principalmente, la falta de regulación al respecto.
Regulación
Hasta este año, el teletrabajo y sus medidas de protección sólo se encontraban regulados en el Estatuto de los Trabajadores (ET) y en la Ley de Seguridad Social. El ET establece que los trabajadores presenciales y a distancia tienen los mismos derechos, y el empresario las mismas obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales.
No obstante, tras la aprobación el pasado 2020 del Real Decreto-Ley sobre el Trabajo a Distancia, muchas empresas siguen teniendo dudas acerca del teletrabajo. El horario del trabajador o la prevención de riesgos laborales son algunas de sus preocupaciones. Y es que vivir y trabajar en el mismo espacio suscita muchas preguntas. ¿Qué se considera accidente laboral y qué accidente doméstico? Según Ana Godino Reyes, socia de Sagardoy Abogados: «Con el teletrabajo, en el caso de accidente, se presupone laboralidad, pero hay que ir caso por caso».
Jornada de trabajo
Candelaria Gómez Robles, abogada y directora laboralista de Montero Aramburu Abogados, ha explicado: «El empleado tiene que determinar un lugar de trabajo, unos elementos que le permiten desempeñarlo y una jornada. Todos los accidentes que sucedan en este horario, vinculados al uso de estos instrumentos y desempeñando una actividad relacionada con el trabajo serían, en principio, laborales».
Por tanto, si en el contrato hay establecida una pausa para el café y durante ella se produce una lesión, éste se consideraría accidente laboral. Lo mismo ocurriría si el empleado se cortara con el cuchillo haciéndose la comida durante su descanso establecido. Esto también se consideraría accidente laboral porque se encuentra dentro de su jornada. No obstante, si el empleado estuviera haciendo un descanso entre horas – debiendo estar trabajando en ese tiempo – y tuviera un accidente, se consideraría accidente doméstico.
En todo caso, la empresa debe evaluar los posibles riesgos laborales y proveer al trabajador con el material necesario para desempeñar su labor. Por tanto, es la empresa quien debe seguir asumiendo los costes de los instrumentos necesarios y quien será responsable en caso de accidente.