¿Qué beneficios fiscales tiene la retribución en especie?
En un primer momento, la retribución en especie surgió para retener el talento. Las empresas comenzaron a reservar espacios para acoger a los niños de sus empleados durante su jornada laboral. Otras proporcionaban a sus trabajadores un coche de empresa o comenzaron a contribuir a su plan de pensiones.
Sira Talamantes, responsable laboral de DG Asesoría, ha explicado que «la retribución a la carta, es la opción, por parte del empleado, de poder disponer del 30% de su salario monetario para disfrutarlo en determinados productos en especie que, además de tener un beneficio fiscal, suelen tener mejores precios que en mercado».
Esta forma de retribución se ha implantado a toda la plantilla de trabajo. Satisface las necesidades personales de los trabajadores y ello se traduce en un mayor rendimiento de estos. Además, acceden a productos o servicios a un precio menor del que se encuentran en el mercado. En cuanto a la empresa, puede negociar precios a economía de escala, mejorar su imagen social y aumentar su productividad.
Como bien explica Pedro Molina, director del área laboral de DLA Piper, “se trata de una forma de remuneración cada vez más demandada que cobra fuerza en momentos de crisis económica caracterizados por un interés vital dirigido a sacar el máximo rendimiento a nuestro salario«.
Beneficios para el empleado
Se trata de una retribución a medida, es decir, el empleado puede elegir aquella que más le convenga por su situación personal. La retribución en especie es flexible, ya que permite ajustar el salario fijo anual que queda disponible a esta retribución. Además, aporta un beneficio económico y fiscal, pues las condiciones son mejores que las del mercado y no tributan en su totalidad. Algunos productos o servicios están exentos de tributación parcial o totalmente.
Tratamiento fiscal
Los productos que suelen ser más demandados por los empleados son: los tickets restaurante, el servicio de transporte, la guardería, el seguro de salud, los servicios de formación, los planes de pensiones y los vehículos de empresa.
Los tickets de comida están exentos hasta 11 euros por día, el transporte hasta 1.500 euros por año y el seguro de salud hasta 500 euros por año, ya sean para el propio empleado, su cónyuge o hijos. En el caso de que la prima de seguro de cobertura de enfermedad fuera para un empleado discapacitado, entonces la parte exenta sería de 1.500 euros por año. La utilización de bienes sociales y culturales (guardería, biblioteca, parking…) y la formación están exentos en su totalidad. Todos estos productos o servicios cotizan al 100%.
Requisitos
Para tener derecho a estos productos o servicios, es necesario cumplir una serie de requisitos. Por ejemplo, solo los empleados con hijos menores de 3 años podrán tener derecho a la guardería. En el caso de los cheques restaurante, los trabajadores no pueden disponer de ellos durante sus vacaciones o bajas por enfermedad, maternidad o paternidad. Lo mismo ocurre con las tarjetas de transporte. Ambos son retribuciones en especie para cubrir la necesidad de los empleados de desplazarse al trabajo o no poder comer en su propio domicilio.
Formalizaciones
La empresa y el empleado deben firmar un anexo al contrato de trabajo. Deberá constar la vigencia de dicho acuerdo, el salario, las correspondientes indemnizaciones, las consecuencias de acabar el plan de retribución flexible y las normas de funcionamiento.