Conceden el complemento de maternidad a un ertzaina prejubilado
El Juzgado de lo Social Nº3 de San Sebastián ha otorgado el complemento de maternidad a un ertzaina prejubilado. La Tesorería General de la Seguridad Social había denegado previamente el derecho a percibir esta ayuda al padre de tres hijos. Sin embargo, este tribunal sentencia a favor del afectado.
Los hechos
El hombre solicitó el pasado 2020 a la Seguridad Social el reconocimiento de este complemento. Sin embargo, fue rechazado bajo el argumento de que este “solo contempla como beneficiarias a las mujeres”.
Según se justificó, tan solo lo reciben “madres de dos o más hijos, con derecho a una pensión contributiva de jubilación, incapacidad permanente o viudedad”.
El ertzaina afectado decidió acudir a los tribunales. Y es que, su abogado (Miguel Ángel Larriba) entendió que la negativa era discriminatoria “por razón de sexo”.
La sentencia
El juzgado ha fallado a favor del ertzaina. Para ello, se ha apoyado en una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), el cual juzgó la normativa española sobre este aspecto como discriminatoria.
Así pues, el juzgado de San Sebastián ha considerado que el hecho de que la Seguridad Social denegase este complemento al prejubilado resulta “discriminatorio por razón de sexo”. Y es que, en esta normativa se excluye “a los padres varones pensionistas que puedan estar en una situación comparable a la de las madres trabajadoras”.
Además, el fallo determina que, el hecho de que el hombre se jubilase antes “no obsta al acceso del complemento”.