El banquillo de los acusados puede vulnerar su derecho a la presunción de inocencia

El Tribunal Supremo determinó en una sentencia el pasado 24 de febrero que la actual ubicación del acusado en el juicio “puede transmitir una imagen estigmatizante”. Así, el alto tribunal pretende acabar con la “escenografía tradicional” del banquillo y defiende que el acusado pueda sentarse junto a su abogado. De esta forma, se garantizaría de manera más efectiva su derecho a la presunción de inocencia y a la defensa. A pesar de ser cuestiones puramente visuales, “pueden adquirir una relevancia muy significativa”.

 

Caso particular

En este caso, el Tribunal Supremo condenó a un agente de policía por un delito de encubrimiento y revelación de secretos cometido por funcionario público. No obstante, rebajó la pena que venía pidiendo la anterior instancia, al considerar válidos algunos argumentos de su recurso. Finalmente, su pena ha sido rebajada a dos años de prisión. 

 

Cuestiones escénicas

El agente de policía alegó que se había vulnerado su derecho a la defensa. Así lo interpretó el imputado, que fue obligado a sentarse en el banquillo de los acusados y no junto a su abogado, como venía solicitando. Los magistrados del tribunal han considerado este argumento una “cuestión relevante” porque «del modo en que se desarrolle el juicio oral depende en buena medida que se alcance el nivel de efectiva garantía de los derechos fundamentales que conforman la idea del proceso justo y equitativo». Y el acusado alegaba una vulneración de su derecho fundamental a la defensa, amparado en el artículo 24 de la Constitución Española.

El tribunal ha fundamentado su rebaja de condena en «cuestiones escénicas como las de la ubicación de las partes en la sala de justicia, la posición en la que deben participar o los mecanismos de aseguramiento de las personas que acuden como acusadas pueden adquirir una relevancia muy significativa».

El Supremo ha criticado que «muchas salas de justicia responden, originariamente o por inercia, a una concepción histórica determinada y, sobre todo, a una plasmación de un imaginario simbólico que no se ajusta de la mejor manera posible a las exigencias constitucionales y convencionales de garantía del derecho a un proceso justo y equitativo». Y, un ejemplo “muy claro” de ello es el lugar en el que debe sentarse el acusado cuando está siendo juzgado

 

El banquillo de los acusados

Actualmente, en “nuestra escenografía tradicional sigue presente el banquillo”. Este se sitúa de frente al tribunal y con bastante distancia del abogado defensor, lo que puede afectar a la eficacia de su defensa. La Sala de lo Penal ha considerado que esa posición del acusado puede transmitir una «imagen estigmatizante». Es decir, su localización en el banquillo genera incluso una percepción de culpabilidad, que afecta de manera directa a sus derechos de presunción de inocencia y de defensa, amparados en la Constitución Española.

Necesidad de un cambio

Por ello, el tribunal ha puesto sobre la mesa «la necesidad de activar mecanismos que rompan con viejas inercias rituales de dudoso anclaje constitucional», reivindicando que «la posición de la persona acusada en la sala de justicia debería ser aquella que, por un lado, le permita el contacto defensivo con su letrado en los términos reclamados por el sistema convencional y, por otro, le posibilite reconocerse y ser reconocido como una persona que goza con plenitud del derecho a la presunción de inocencia». Pero, en ningún caso puede ser tratado como un “convidado de piedra”, ni como “un espectador impasible recluido en una zona rigurosamente acotada de intervención, limitada a la última palabra».

Así, el Supremo ha criticado que el acusado «suele ser el único partícipe del proceso que no puede visualizar la expresión y el rostro de los testigos y peritos que deponen en el acto del juicio». Por ello, existe una urgente necesidad de un «cambio de modelo escénico».

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