La Agencia Española de Protección de Datos pide que no se incluya información sobre si se ha padecido el Covid-19 en currículums

  • Virginia Pérez Sierro

Ciertas empresas han empezado a lanzar ofertas de empleo en las que solicitan a los candidatos información sobre si han pasado el coronavirus y si ha desarrollado anticuerpos como requisito para acceder al puesto de trabajo ofertado.

La Agencia Española de Protección de Datos (AEDP) ha elaborado una nota informativa en la que indica que estas prácticas constituyen una vulneración de la normativa de protección aplicable.

La información de haber padecido el Covid-19 es un dato personal relativo a la salud, por lo que su recogida y protección está sujeta a la normativa de protección de datos.

Lo más importante para poder tener esta información es el consentimiento del interesado, relativo al tratamiento necesario para la ejecución de un contrato en el que la persona candidata es parte. Por tanto, para que el consentimiento sea válido debe consistir en una manifestación de voluntad libre, específica, informada e inequívoca.

A pesar de todo ello, la agencia explica que en una relación laboral “se produce un desequilibrio de poder dada la dependencia que resulta de la relación entre las partes, y no es posible que la persona candidata pueda negar a la empresa el consentimiento para el tratamiento de datos sin experimentar temor o riesgo real de que su negativa produzca efectos perjudiciales”, por lo que, el consentimiento del tratamiento nunca será realmente libre.

Por todo ello, solicitar información sobre el estado de inmunidad frente al Covid-19 iría más allá de las obligaciones y derechos específicos que impone a la empresa la legislación de Derecho laboral y de la seguridad y protección social, en particular del deber de proteger a los trabajadores frente a los riesgos laborales previsto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales.

“Por las razones ya expuestas, no se debe incluir la información sobre una posible inmunidad en un currículum. El potencial destinario del mismo no puede utilizar esa información que, por lo demás, requeriría de una verificación que, como se ha señalado, sería ilícita, por lo que la empresa deberá proceder a suprimirla para no infringir la normativa de protección de datos, lo que podría llegar a implicar la destrucción del currículum cuando no fuera posible asegurar que el dato de la inmunidad no va a influir en la decisión que finalmente se adopte, y la eliminación del candidato del proceso selectivo”, concluye diciendo.

 

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