Abandonar a tu mascota es considerado un delito

Según el Código Penal, abandonar a una mascota puede tener una condena de hasta un año de prisión.

Si el otro día se hablaba de patinetes eléctricos, hoy es el turno de las mascotas. Y es que otro de los regalos estrella para los niños durante las Navidades son los animales domésticos.  Activistas animalistas como Joel Maldonado (fundador de la asociación AnimAmor) insisten en no hacerlo por el bien de los animales. Sin embargo, el 40% de los animales que llegan a los hogares españoles lo hacen en forma de regalo, tal y como apunta Ecologistas en Acción.

Las familias siguen utilizando a los animales como juguete navideño para satisfacer lo que puede ser un capricho de los menores sin haber reflexionado antes sobre  las necesidades que una mascota requiere. Consecuencia de ello son las estadísticas que cada año se presentan por parte de diferentes asociaciones; una estimación de 300.000 animales abandonados al año. Pero esta historia no acaba con el desentendimiento de la mascota, sino que puede tener consecuencias legales.

Consecuencias penales

Desde el 2015, cuando tiene lugar la reforma del Código Penal (CP), el abandono animal está regulado como delito y no como falta. Así se estipula en la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo. Sin embargo, no fue hasta casi tres meses después, el 1 de julio, cuando entró en vigor esta reforma del código.

En esta ley, el artículo 337 define y formaliza el abandono animal como delito. De esta manera, cuando una persona abandona a una mascota (ya sea doméstico, de granja, de circo…) puede ser castigado, tal y como pedían varias asociaciones y protectoras de animales desde 2010.

La pena será de un mínimo de tres meses y un día hasta un máximo de un año de prisión. Además, la persona podrá ser condenada con la inhabilitación de toda relación con los animales entre un año y tres años.

El artículo también informa de que las penas se impondrán en su mitad superior (es decir, el aumento de la condena de seis meses hasta un año de prisión) si se han utilizado armas, si ha habido ensañamiento, si se han causado lesiones que han dejado al animal inválido o si se ha realizado delante de un menor.

Esta pena no solo está dirigida para aquellas personas que abandonen al animal, sino también para aquellos que los maltraten o los exploten sexualmente, tal y como recoge el CP.

Además, en caso de que el animal fallezca la pena será de seis a 18 meses de prisión, incluyendo una inhabilitación especial de dos a cuatro años para toda actividad relacionada con los animales.

Primera condena en España

En 2007 se registró la primera condena por el abandono de una mascota en España. La Audiencia Provincial de Segovia impuso una multa de 15 días a una mujer que abandonó a su perra. Varios voluntarios de una protectora recogieron al animal tras ser avisados por un vecino, quien advirtió que la dueña se negaba a recogerla. Sin embargo, con el microchip de identificación que llevaba el perro se pudo identificar a la dueña y denunciarla.

A pesar de que el Juzgado de Instrucción número 1 de Segovia absolvió a la dueña en octubre de 2006, la protectora recurrió a la Audiencia Provincial. Este órgano justificó que ese tipo de acción era igual que el desamparo a un familiar o a un menor y aplicó el artículo 631.2 del CP, el cual consistía en la sanción de 15 días de multa a dos meses. Además, tuvo que abonar el coste del juicio de primera instancia.

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