El Senado aprueba definitivamente la ley que deroga los despidos por bajas médicas

El Senado aprueba definitivamente la ley que deroga los despidos por bajas médicas
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  • Virginia Pérez Sierro
  • La ley que deroga el artículo 52.d del Estatuto de los Trabajadores, ha sido aprobada definitivamente sin cambios

El artículo 52.d avalaba el despido objetivo “por faltas de asistencia al trabajo aun justificadas pero intermitentes, que alcancen el 20% de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos, siempre que el total de faltas de asistencia en los doce meses anteriores alcance el 5% de las jornadas hábiles, o el 25% en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de 12 meses”

Se ha defendido la eliminación del artículo 52.d por parte del senador socialista Juan Antonio Gilabert diciendo que “sobraban razones para quitarlo ya que emanaba desconfianza sobre los médicos o las mutuas, y perjudicaba en mayor medida a discapacitados, mujeres y personas de mayor edad”. Ha recordado también que “cuando una persona se cura y se cuida está ayudando a su entorno, ya que las causas mas comunes de absentismo por enfermedad se basan en dolencias víricas, es decir, cuando una persona no va a su puesto de trabajo, evita contagios”.

A falta de la votación definitiva, la mayoría del pleno de la cámara alta ha respaldado la ley, al rechazar el veto planteado por Vox, de forma que es aprobada sin ninguna modificación respecto al texto original del decreto ley aprobado por el gobierno en febrero.

En defensa del veto, el senador de Vox ha dicho que con la derogación del despido por enfermedad “no se conseguirá la flexibilidad del mercado de trabajo, si no un incremento del absentismo laboral, por lo que ha considerado que se trata de una ley inadecuada”. También “inoportuna”, porque elevará el paro, cuando lo que necesita el mercado de trabajo es una reforma con “amplios consensos”, y no una derogación.

El 25 de marzo, el Pleno del Congreso convalidó este decreto ley que debía ser ratificado cuanto antes para evitar una sanción europea, ya que una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea obligaba a España a corregir este aspecto de la normativa laboral.

La mayoría del Congreso apoyó que el proyecto de Ley se tramitara con procedimiento de urgencia para evitar su debate en Comisión, de forma que la ley pasó a la Cámara Alta, en la que se ha tramitado con urgencia y en lectura única siendo debatida solo en Pleno.

 

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