Tres empresas son condenadas por provocar la situación de insolvencia

Tres empresas son condenadas por provocar la situación de insolvencia
  • David Macías González

Hechos

En el año 2005, una mujer suscribió un contrato de consultoría y asesoramiento con una empresa, a cambio de una remuneración de 6.000 euros mensuales. Un año después, la misma mujer suscribió un contrato de colaboración publicitaria y patrocinio con otras dos entidades. Los pagos de las remuneraciones pactadas se fueron efectuando hasta 2008, cuando devino imposible debido a la situación económica de las entidades. Solo una de las empresas disponía de activo suficiente para afrontar la deuda que se le debía a la mujer. 

Por este motivo, la perjudicada, que seguía sin recibir su dinero, interpuso una primera demanda para reclamar la cantidad. El juzgado le dio la razón y acordó el embargo de los ingresos de la empresa a los deudores. No obstante, con el fin de no pagar la cantidad, las empresas deudoras crearon una situación de insolvencia. Para ello, traspasaron el negocio a otra entidad mediante un contrato de cesión. Por este motivo, la mujer se ha vuelto a dirigir a los tribunales con el fin de anular el contrato de transmisión y cobrar así la deuda.

 

Estrategias

La acusación particular es la mujer, y los tres acusados son los tres administradores únicos de las empresas que deben dinero a la demandante. Así, la acusación particular pide que se acuerden medidas cautelares, como la libertad provisional con fianza de 900.000 euros. Además, solicita que se imponga a los tres acusados la pena de prisión de tres años y la obligación de reparar el daño causado. Para ello, pide que se declare nulo el contrato de cesión que habían efectuado con el fin de crear la situación de insolvencia y no pagar la deuda. 

La parte acusada pide la libre absolución de sus tres representados. Además, alega que los demandados se encontraban en una situación económica complicada desde hacía ya años. Uno de ellos, incluso, decía desconocer el motivo por el que habían firmado el contrato de cesión. 

 

Resolución

El Juzgado de lo Penal ha condenado a los tres acusados como autores de un delito de alzamiento de bienes a la pena de prisión de un año. El tribunal entiende que se ha cometido este delito porque previo al traspaso del negocio, las empresas sí tenían crédito suficiente como para afrontar la deuda. Además, han ocultado sus activos y han provocado forzosamente la situación de insolvencia que dificulta el cobro de la deuda. 

Por otra parte, el tribunal les ha condenado a pagar una multa de 12 euros diarios durante un año. También ha declarado nulo el contrato de cesión.

Web: www.spyn.es

David Macías González es socio responsable del área penal de Spyn Advisors.

 

Redacción editorial a cargo de Carmen Núñez Pérez

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