Petición inicial de procedimiento monitorio por impago de préstamo

Petición inicial de procedimiento monitorio por impago de préstamo
Impago de présstamo
  • Alfonso Vega Navarro
  • Materia: Derecho Civil
  • Especialidad: / Derecho Civil / Obligaciones y contratos / Contrato de préstamo
  • Número: 11497
  • Tipo de caso: Caso Judicial
  • Voces: CESIÓN DE CRÉDITOS, GARANTÍAS DEL CRÉDITO, IMPAGO, PRÉSTAMO, USURA
  • FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 02-03-2020

Documentos originales presentados en el juzgado

El caso

Supuesto de hecho
MADRID, 01-03-2013

El 1 de marzo de 2013   una empresa especializada en el cobro de deudas,  protocolarizó un contrato de cesión de crédito de deuda en virtud de la cual, una entidad bancaria cedió un conjunto de operaciones deudoras a la entidad especializada en el cobro de deudas. que asume todas las obligaciones de la entidad bancaria, quedando subrogada en el ejercicio de todos los derechos y acciones derivadas de esa cesión de créditos.

Entre dichas operaciones cedidas, mediante contrato de préstamo, la entidad bancaria concedió al ahora demandado, un préstamo personal. Ante el absoluto incumplimiento por parte del demandado en el pago de las obligaciones pactadas en la póliza, la empresa especializada en el cobro de deudas formula DEMANDA DE JUICIO MONITORIO contra el prestatario, con el fin de que pague lo adeudado.

Objetivo. Cuestión planteada

El objetivo de la empresa de cobro de crédito, es conseguir que el prestatario, pague la cantidad de la deuda de TRECE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO EUROS CON OCHO CÉNTIMOS DE EUROS (13.654,08 €).

La estrategia. Solución propuesta

Demostrar la existencia de legitimación activa por parte de la empresa especializada en el cobro de créditos al existir entre ella y la entidad bancaria un contrato de cesión de crédito, del mismo modo, alegar que la deuda reclamada al prestatario es una deuda exigible en todos sus efectos.

El procedimiento judicial

  • Orden Jurisdiccional: Civil
  • Juzgado de inicio del procedimiento: JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 18 DE MADRID
  • Tipo de procedimiento: Procedimiento Ordinario
  • Fecha de inicio del procedimiento: 10-01-2019

Partes

Parte demandante:

La emrpesa especializada en el cobro de créditos.

Parte demandada:

El prestatario.

Peticiones realizadas

Demandante:

  • Que teniendo por presentado el escrito, tenga por formalizado en tiempo y forma la demanda, elevando las actuaciones, previos los trámites oportunos y se dicte sentencia estimando íntegramente la demanda.

Demandada

  • Que se desestime íntegramente la demanda, se absuelva libremente a la demandada de cuantos concretos pedimentos se le dirigen, con expresa condena en costas a la parte contraria.

Argumentos

Demandante

  • Existencia de legitimación activa: la legitimación de la parte demandante para interponer la presente demanda tiene su razón de ser en la cesión del crédito  de la entidad de crédito a  la empresa especializada en el cobro de créditos . Contrato de cesión de crédito que no sólo consta en un documento privado, sino que también consta documentada en instrumento público.
  • La mercantil demandante queda subrogada en el ejercicio de todos los derechos y acciones para el cobro de la deuda: La empresa de cobro ocupa el lugar de la entidad de crédito y está capacitada para exigir el cobro de la deuda al prestatario, por lo tanto, no es necesario para la validez del contrato de cesión de crédito, el consentimiento de Israel.
  • No se necesita la notificación al deudor del contrato de cesión de crédito: La cesión necesita como elemento primordial, la voluntad común de quienes lo otorgan. Es decir, el pacto alcanzado por el antiguo acreedor (cedente) y nuevo acreedor (cesionario), es válido sin que sea necesario del consentimiento del deudor, ni siquiera de su conocimiento.

Demandada:

  • Inexistencia de contrato de préstamo: se alega que el prestatario no recibió el importe objeto del préstamo ahora reclamado siendo, por tanto, imposible que adeude cantidad alguna.
  • Carácter usurario de los intereses remuneratorios: Alega que estamos ante un claro préstamo usurario. En el contrato se puede apreciar que Israel tenía un sueldo por debajo del mínimo interprofesional, por lo que el tipo de interés exigido es abusivo.
  • Se niega la legitimación activa del reclamante así como por tanto la pasiva de nuestro mandante por los motivos indicados en los hechos.
  • Retraso desleal en el ejercicio de la acción : Alega el contrato fue celebrado en 2007 y el alegado impago empieza a producirse en el año 2009.

Normas y artículos relacionados

Documental aportada

  • Contrato de censión de crédito.
  • Contrato de préstamo bancario.

Prueba

La misma que la documentación.

Resolución Judicial

Jurisprudencia

Jurisprudencia (Enlaces)

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