- Materia: Derecho Civil
- Especialidad: / Derecho Civil / Obligaciones y contratos / Contrato de préstamo
- Número: 11497
- Tipo de caso: Caso Judicial
- Voces: CESIÓN DE CRÉDITOS, GARANTÍAS DEL CRÉDITO, IMPAGO, PRÉSTAMO, USURA
- FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 02-03-2020
Documentos originales presentados en el juzgado
El caso
El 1 de marzo de 2013 una empresa especializada en el cobro de deudas, protocolarizó un contrato de cesión de crédito de deuda en virtud de la cual, una entidad bancaria cedió un conjunto de operaciones deudoras a la entidad especializada en el cobro de deudas. que asume todas las obligaciones de la entidad bancaria, quedando subrogada en el ejercicio de todos los derechos y acciones derivadas de esa cesión de créditos.
Entre dichas operaciones cedidas, mediante contrato de préstamo, la entidad bancaria concedió al ahora demandado, un préstamo personal. Ante el absoluto incumplimiento por parte del demandado en el pago de las obligaciones pactadas en la póliza, la empresa especializada en el cobro de deudas formula DEMANDA DE JUICIO MONITORIO contra el prestatario, con el fin de que pague lo adeudado.
El objetivo de la empresa de cobro de crédito, es conseguir que el prestatario, pague la cantidad de la deuda de TRECE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO EUROS CON OCHO CÉNTIMOS DE EUROS (13.654,08 €).
Demostrar la existencia de legitimación activa por parte de la empresa especializada en el cobro de créditos al existir entre ella y la entidad bancaria un contrato de cesión de crédito, del mismo modo, alegar que la deuda reclamada al prestatario es una deuda exigible en todos sus efectos.
El procedimiento judicial
- Orden Jurisdiccional: Civil
- Juzgado de inicio del procedimiento: JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 18 DE MADRID
- Tipo de procedimiento: Procedimiento Ordinario
- Fecha de inicio del procedimiento: 10-01-2019
Partes
Parte demandante:
La emrpesa especializada en el cobro de créditos.
Parte demandada:
El prestatario.
Demandante:
- Que teniendo por presentado el escrito, tenga por formalizado en tiempo y forma la demanda, elevando las actuaciones, previos los trámites oportunos y se dicte sentencia estimando íntegramente la demanda.
Demandada
- Que se desestime íntegramente la demanda, se absuelva libremente a la demandada de cuantos concretos pedimentos se le dirigen, con expresa condena en costas a la parte contraria.
Argumentos
Demandante
- Existencia de legitimación activa: la legitimación de la parte demandante para interponer la presente demanda tiene su razón de ser en la cesión del crédito de la entidad de crédito a la empresa especializada en el cobro de créditos . Contrato de cesión de crédito que no sólo consta en un documento privado, sino que también consta documentada en instrumento público.
- La mercantil demandante queda subrogada en el ejercicio de todos los derechos y acciones para el cobro de la deuda: La empresa de cobro ocupa el lugar de la entidad de crédito y está capacitada para exigir el cobro de la deuda al prestatario, por lo tanto, no es necesario para la validez del contrato de cesión de crédito, el consentimiento de Israel.
- No se necesita la notificación al deudor del contrato de cesión de crédito: La cesión necesita como elemento primordial, la voluntad común de quienes lo otorgan. Es decir, el pacto alcanzado por el antiguo acreedor (cedente) y nuevo acreedor (cesionario), es válido sin que sea necesario del consentimiento del deudor, ni siquiera de su conocimiento.
Demandada:
- Inexistencia de contrato de préstamo: se alega que el prestatario no recibió el importe objeto del préstamo ahora reclamado siendo, por tanto, imposible que adeude cantidad alguna.
- Carácter usurario de los intereses remuneratorios: Alega que estamos ante un claro préstamo usurario. En el contrato se puede apreciar que Israel tenía un sueldo por debajo del mínimo interprofesional, por lo que el tipo de interés exigido es abusivo.
- Se niega la legitimación activa del reclamante así como por tanto la pasiva de nuestro mandante por los motivos indicados en los hechos.
- Retraso desleal en el ejercicio de la acción : Alega el contrato fue celebrado en 2007 y el alegado impago empieza a producirse en el año 2009.
Normas y artículos relacionados
Documental aportada
- Contrato de censión de crédito.
- Contrato de préstamo bancario.
Prueba
La misma que la documentación.
Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial:
Se estima parcialmente la demanda de la empresa de cobro contra el prestatario condenándole a la demandada a abonar al demandante únicamente el principal del préstamo pendiente de pago (tomando como base para su cálculo el cuadro de amortización del contrato y los pagos efectuados según extracto de cuenta) , con los intereses legales desde la presentación de demanda de juicio monitorio sin declaración en materia de costas procesales.
Fundamentos jurídicos de la resolución judicial
acreditado requiriendo el ingreso del capital debe entenderse sin mayor esfuerzo probatorio
que el contrato se ejecutó correctamente.
II.- Carácter usurario de los intereses remuneratorios: La sentencia de referencia indica que «El interés con el que ha de realizarse la comparación es el «normal del dinero». No se trata, por tanto, de compararlo con el interés
legal del dinero, sino con el interés «normal o habitual, en concurrencia con las circunstancias del caso y la libertad existente en esta materia» (sentencia núm. 869/2001,de 2 de octubre).
III.- Retraso desleal en el ejercicio de la acción :En este caso, el mero transcurso del tiempo sin ningún acto expreso, presunto o tácito adicional no es causa suficiente para entender que concurre la figura indicada. La
relación entre el actor y la entidad bancaria en este tipo de relaciones adolece de
connotaciones subjetivas de las que puede extraerse ningún tipo de voluntad implícita
claudicante de derechos propios.
Jurisprudencia
Jurisprudencia (Enlaces)
- Audiencia Provincial de Barcelona, núm. 86/2018, de 30-04-2018. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 71530933
- Audiencia Provincial de Cádiz, núm. 93/2017, de 29-05-2017. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 71824228
- Audiencia Provincial de Valencia, núm. 198/2018, de 18-06-2018. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 71562595
- Audiencia Provincial de Tarragona, núm. 100/2018, de 27-04-2018. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 71531760
- Audiencia Provincial de Córdoba, núm. 125/2006, de 02-06-2006. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 135597
- Audiencia Provincial de Barcelona, núm. 55/2018, de 20-03-2018. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 71521273
Formularios jurídicos relacionados con este caso
- Demanda (Reclamación de cantidad por impago de préstamo / subrogación del acreedor por contrato de cesión de crédito)
- Oposición monitorio ( Reclamación de cantidad por impago de préstamo / subrogación del acreedor por contrato de cesión de crédito )
- Demanda juicio ordinario ( Reclamación de cantidad por impago de préstamo / subrogación del acreedor por contrato de cesión de crédito )
- Contestación a la demanda ( Reclamación de cantidad por impago de préstamo / subrogación del acreedor por contrato de cesión de crédito )
Biblioteca
Libros
- Instituciones del nuevo proceso civil (Volumen I)
- La Prueba judicial en el Proceso Civil. Volumen I. Jurisprudencia actualizada, legislación, doctrina y formularios.
Artículos jurídicos
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