Incumplimiento de custodia: un padre se niega a devolverle sus hijos a su ex mujer

Analizamos a continuación un caso de amenazas en el ámbito familiar. Además, el padre le deniega la devolución de los menores a la madre tras el fin de los días que le correspondían.
Incumplimiento de custodia: un padre se niega a devolverle sus hijos a su ex mujer
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  • Pedro Albares Castejón
HECHOS

Rosalía y George mantuvieron una relación y de ella nacieron tres hijos, de 13, 9 y 7 años. Pero surgió la crisis matrimonial y se divorciaron, otorgándole la Justicia a Rosalía (parte demandante) la custodia de los menores. 

Entonces surgió la pandemia de la Covid-19 y con ella, el confinamiento. Por tanto, George impuso que debía tener una semana entera a sus hijos, incumpliendo lo que se establecía sobre su custodia en la sentencia del divorcio. Según esta, le correspondían los tres hijos en fines de semana alternos.

Así, el 2 de agosto de 2020, le tocaba devolverle los hijos a la madre, pero George llamó a su ex mujer y le dijo que no le devolvería a los menores nunca. La razón que le dio es que los niños le habían dicho que la madre les había hecho tocamientos, así que George había presentado una denuncia. Sin embargo, Rosalía niega tajantemente estos hechos.

En este sentido, cuando Rosalía le denunció por no devolverle a sus hijos, explicó que su ex marido hacía esto porque no tenía dinero para pagar la manutención, hecho que él mismo le había confesado. Además, la amenazó con no pagar la manutención mientras los menores estuvieran con él.

Por ello, la demandante (Rosalía) solicitó que se reconozca el delito de amenazas y se le devuelvan a los menores

ESTRATEGIA

Para lograr la solicitud de Rosalía, su abogado argumentó que era ella quien tenía la custodia de sus tres hijos hasta ese mes de agosto de 2020, cuando un juzgado le otorgó la custodia provisional al padre. Asimismo, explicó que a la madre le dijeron que podía reunirse con sus hijos, siempre y cuando fuera a través de una asistente social. Pero cuando fue a preguntar a los servicios sociales le dijeron que ellos no sabían nada de este asunto.

Por otro lado, el abogado de la parte demandante (George) ha alegado que no existía ningún inconveniente por parte del ex marido para cumplir con el régimen de visitas. El problema es que nadie le contactó para ello, acompañándolo así para llevarle a la madre sus hijos. Tampoco, se han puesto en contacto con su abogado, aunque la hermana de Rosalía sí que se había comunicado con él, pero le explicó que no podía hacerse cargo.

RESOLUCIÓN JUDICIAL          

Finalmente, el 25 de septiembre de 2020, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción dictó sentencia. Decidió decretar el sobreseimiento de la causa, al menos de manera provisional. El tribunal justificó esta decisión en que no ha quedado debidamente probado el delito de amenazas y coacciones. 

Sobre el autor: Pedro Albares Castejón, abogado especialista en Derecho Penal y Civil fundador y director de Albares Abogados, en Manises y Valencia.

WEB: https://www.albaresabogadosmanises.es/

Redacción editorial a cargo de Lidia Sánchez Vega.

 

 

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