Horas extras mal pagadas, ¿cómo reclamar?

Horas extras mal pagadas, ¿cómo reclamar?
  • Lorena Puebla Hernández

La realización de horas extras es una realidad con la que tiene que lidiar casi cualquier trabajador en España. A veces estas horas no se pagan, otras son mal remuneradas. Esta es una de las cuestiones que más le plantean a P.J. Legal (Proyecto Justicia).

 

Caso particular

Un operario de una fábrica realizó durante seis meses horas extras a su jornada habitual. El trabajador se dio cuenta de que algunas de ellas no se las habían pagado y, las que sí habían sido remuneradas, su importe era mucho menor al establecido. El operario acudió a P.J. Legal (Proyecto Justicia) para informarse del procedimiento a seguir para reclamar a su empresa las cantidades adeudadas

 

Legislación

El artículo 35 del Estatuto de los Trabajadores (ET) considera horas extraordinarias todas aquellas horas de trabajo que se realicen sobre la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo. La duración máxima de la jornada es establecida por contrato o convenio colectivo, por lo que las extraordinarias siempre son voluntarias. No obstante, hay excepciones y lo conveniente es revisar el convenio colectivo. 

Además, aunque la empresa lleve el registro es importante que el trabajador también anote su jornada mensual y anual. Solo así podrá acreditar la realización de horas extras

 

Reclamación del pago 

Al tratarse de una reclamación de cantidad, el plazo para reclamar las horas extraordinarias es de un año desde que pudieron reclamarse. Se podría incluso intentar exigir las del último año y cuatro meses más. Así lo dispone el artículo 35 ET: “En ausencia de pacto al respecto, se entenderá que las horas extraordinarias realizadas deberán ser compensadas mediante descanso dentro de los cuatro meses siguientes a su realización.” El cómputo para considerar cuando pudieron reclamarse esas horas extras empieza cuando finaliza el plazo que tiene el empresario para compensar su realización con descanso.

Lo primero que se debe hacer es presentar la papeleta de conciliación. Esta debe tener la información del trabajador y de la empresa demandada. Además, también debe recoger las horas extraordinarias realizadas motivo de la reclamación y la cantidad económica que se exige a la empresa.

En el caso de que no se llegara a un acuerdo en conciliación, habrá que presentar una demanda indicando día a día las horas que se reclaman y las cantidades específicas. El trabajador podrá probar las horas realizadas mediante el registro, testigos o partes de trabajo.

Lorena Puebla Hernández es socia fundadora en P.J. Legal (Proyecto Justicia).

Web: www.pjusticia.com

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