El divorcio “a distancia” aterriza en Portugal como medida descongestiva de los Tribunales ante la crisis del coronavirus.

El divorcio “a distancia” aterriza en Portugal como medida descongestiva de los Tribunales ante la crisis del coronavirus.
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  • Esmeralda Vilchez Domínguez

Según datos aportados de 2018, Portugal ocupa la primera posición con mayor tasa de divorcios en la Unión Europea. La tasa indica que por cada 100 bodas se producen 64 divorcios. Asimismo, España le sigue desde cerca, pues el porcentaje de rupturas matrimoniales no es mucho menor. En este caso, por cada 100 matrimonios se producen 57 divorcios.

Lo cierto es que a pesar de la crisis provocada por el Covid-19, las rupturas y las crisis matrimoniales se siguen sucediendo. Es por ello por lo que Portugal ha sido pionero en implantar una serie de medidas que faciliten llevar a cabo las rupturas matrimoniales por motivo del coronavirus.

El Gobierno Portugués ha aprobado de forma muy reciente la implantación de una plataforma virtual para que los matrimonios en crisis puedan divorciarse “a distancia”, sin necesidad de salir de casa y acudir a los Tribunales, siempre y cuando el divorcio sea de mutuo acuerdo.

La plataforma posee grandes profesionales del derecho como notarios, abogados u oficinas de registro que dependen a su vez del Ministerio de Justicia. Esta plataforma estará disponible desde ahora hasta diciembre de 2020 y, además, se podrán llevar a cabo otros trámites de forma telemática, como la autentificación de documentos o la firma de escrituras.

Es evidente que los sistemas de justicia han tenido que hacer un gran trabajo frente a la crisis del coronavirus y adaptar los procedimientos a la nueva realidad. La nueva realidad debe agilizar los trámites y asegurar a los ciudadanos una distancia social que proteja nuestra salud y evite a su vez un colapso judicial.

Como podemos ver, el “divorcio a distancia” parece posible en Portugal cuando este se produzca de mutuo acuerdo. Ello hace plantearnos esta modalidad en España, ¿sería factible?

El divorcio de mutuo acuerdo en España es un procedimiento en el que los cónyuges pueden divorciarse ante notario sin necesidad de acudir a los tribunales, siempre y cuando no haya hijos menores. Cuando hay hijos menores, se deberá presentar Convenio Regulador al Juzgado previa negociación (el cual será admitido por el Juez y el Ministerio Fiscal).

Cuando el Convenio Regulador sea admitido, se procederá a su ratificación, la cual consiste en un mero trámite realizado en el Juzgado. Finalmente, ratificado el Convenio, se dicta sentencia aprobando el mismo.

Como vemos, el divorcio de mutuo acuerdo en España es un procedimiento bastante sencillo en el cual solo se acude al juzgado para la ratificación del Convenio Regulador.

En definitiva, si nos encontramos ante un procedimiento de mutuo acuerdo sin necesidad de intervención judicial, la tramitación telemática de este supondría una gran agilización del sistema judicial que descongestionará sin duda alguna el colapso al que se enfrentan los tribunales españoles tras la suspensión de plazos procesales provocada por la crisis del coronavirus. Por todo ello, se podría valorar de forma muy favorable la posibilidad de realizar “divorcios a distancia” en nuestro sistema judicial.

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