Lo que puede ocurrir por estar esperando un semáforo en rojo

Lo que puede ocurrir por estar esperando un semáforo en rojo
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  • Vanessa Páez Ortiz

El juzgado de primera instancia e instrucción nº5 de Irún (País Vasco) condena al pago de una indemnización económica a la compañía aseguradora de un conductor por las lesiones físicas que causó a una mujer que esperaba en su vehículo un semáforo en rojo.

HECHOS
La demandante, sufrió una colisión trasera por parte de otro vehículo mientras estaba esperando un semáforo en rojo el día 27 de octubre de 2017. Esto le provocó una lesión cervical, por lo que se procedió a reclamar a la compañía aseguradora del vehículo responsable una indemnización por los daños tanto del vehículo como por los daños físicos. Debido a esta lesión, la demandante necesitó un periodo de recuperación de 70 días, de los cuales fueron 30 los que permaneció de baja laboral.
La disputa que se crea hace referencia a si la demandante debía ser indemnizada por los 70 días de recuperación por el accidente; o únicamente por los 30 días que permaneció de baja.
ESTRATEGIAS
La defensa de la demandante fue de la mano de Vanessa Páez Ortiz del despacho jurídico “Páez & Ortiz”, la cual exige una reclamación económica en concepto de indemnización por los daños físicos que ha sufrido su cliente derivados del impacto más los daños materiales producidos al vehículo.
Para ello se acoge al artículo 1 de la Ley de Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, también se apoya en el artículo 1.902 del Código Civil el cual se obliga a reparar el daño causado realizado tanto por acción como por omisión de la acción.
Y, sobre todo, se basa en la Ley 35/2015, en concreto en el artículo 134, que establece que son lesiones temporales (y por tanto indemnizables), aquellas que el perjudicado sufre desde el momento de accidente hasta su curación o estabilización.
Con todo ello, se solicita la indemnización de los 70 días para su cliente, entendiendo que se debía indemnizar por el total de los días que necesitó para estabilizar sus lesiones, con independencia de la fecha de reincorporación a su trabajo.
Por otro lado, la empresa aseguradora que representa al cliente del vehículo que produjo la colisión, reconoce el siniestro provocado por su cliente; pero pone la duda el alcance de las lesiones de la parte demandante, y solicita el abono únicamente de la indemnización correspondiente a los 30 días que estuvo de baja. Alega que únicamente se produjo una pérdida de calidad de vida moderada 30 días, no 70, ya que a partir de ese día pudo realizar su trabajo de forma ordinaria.
FALLO DEL TRIBUNAL
El juzgado estimó íntegramente la demanda presentada por Vanessa Páez Ortiz, considerando como periodo indemnizable la totalidad de los 70 días, y, además, incluyó la indemnización por secuela que también solicitaban en la demanda. Todo ello supuso un incremento de más del 30% de la cantidad ofrecida inicialmente por la compañía aseguradora del vehículo responsable.

Vanessa Páez Ortiz es mediadora civil y mercantil. Tras más de 10 años de experiencia profesional en el sector financiero, en 2015 fundó el Despacho Jurídico Páez & Ortiz, con sede en San Sebastián (País Vasco),y actualmente en fase de expansión. Especializada en Derecho de la Contratación, Derecho Bancario y Responsabilidad Civil. https://www.paezortiz.com/

Redacción Editorial a cargo de Idaira Loras Martín.

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