¿Qué medidas legales se pueden tomar frente a los vecinos ruidosos?

¿Qué medidas legales se pueden tomar frente a los vecinos ruidosos?
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Tener vecinos ruidosos puede llegar a convertirse en un verdadero problema y por eso es importante saber qué podemos hacer frente a ellos. 

Los problemas de ruidos vecinales son bastante frecuentes, de hecho, según el INE (Instituto Nacional de Estadística) el 14% de la población padeció este problema en 2019, por eso nos preguntamos qué podríamos hacer si los sufrimos. Para ello debemos ver cuáles serían las normativas aplicables que nos ayuden a solucionarlo y, además, los decibelios permitidos. Para una mayor comprensión es mejor explicarlo con un caso práctico.

CASO PRÁCTICO 

Ramón vive en su casa de Madrid desde hace ya 12 años junto con su hijo de ocho años. Desde hace poco, el piso de arriba está alquilado, y para mala suerte de Ramón se trata de un grupo de jóvenes universitarios. Ramón ya sabía que esto le iba a dar problemas y en seguida comenzaron los conflictos. 

Al principio sólo hacían ruido durante el fin de semana, así que Ramón decidió dejarlo pasar porque pensó que un poco de ruido era normal en esa edad. Además, no le molestaba tanto ya que su hijo estaba los fines de semana con su ex mujer. 

Pero pronto aumentó el ruido, ya que empezaron a montar fiestas. Primero fueron sólo los viernes y sábados, pero después también entre semana. Entonces comenzó a suponer un gran problema ya que su hijo era incapaz de dormir por la noche y se dormía en el colegio, ocasionándole trastornos en el sueño. 

Ramón, viendo que la situación no mejoraba, decidió tomar medidas. Se estuvo informando sobre las leyes que podrían aplicarse en su caso, que serían: la Ley del 37/2003 del Ruido; la Ley 49/1960 sobre Propiedad Horizontal (LPH); y la Ley 29/1994, de Arrendamientos Urbanos (LAU). También revisó los estatutos de la comunidad, pero no contenían nada al respecto. 

Así que, primero optó por la vía amistosa, ya que era la más sencilla, y si lo solucionaba simplemente hablando con ellos se evitaría muchos quebraderos de cabeza. Entonces, un día, subió para hablar con los vecinos e informarles de la situación, pero estos fueron muy maleducados y prácticamente le cerraron la puerta en las narices.

Ramón, muy enfadado, decidió acudir al presidente de la comunidad, ya que, según el artículo 7 de la LPH, el presidente puede, ya sea por iniciativa propia o por la de otros propietarios u ocupantes, requerir a quien realice actividades prohibidas que pare o iniciarán acciones judiciales. Pero como tampoco consiguió solucionarlo, se convocó una junta de vecinos para exponer el problema. 

Ya en la junta, el presidente le informó de los pasos que podían seguir. Primero, debían comprobar si esos ruidos estaban dentro de los límites de horario y decibelios permitidos, así que acudieron a la ordenanza municipal para comprobarlo ya que estos son diferentes según vivas en un sitio u otro. En ella vieron que, efectivamente, se estaban excediendo, porque sólo se permitía un máximo de unos 40 decibelios

Para medirlo usaron una aplicación de móvil, pero decidieron que la próxima vez que ocasionaran ruido llamarían a la policía municipal para que quedara constancia de ello, por si la comunidad necesitaba emprender una demanda.

Así ocurrió días después, tuvieron que llamar a la policía en varias ocasiones porque seguían montando fiestas y armando un escándalo insoportable. Se volvió a convocar una junta extraordinaria en la que se autorizó la presentación de una demanda a los inquilinos. En ella, adjuntaron como pruebas las mediciones de la policía, aunque necesitaron también las mediciones de un perito para que tuvieran más valor en el juicio, y además, una reclamación por los daños y perjuicios causados a Ramón y a su hijo.

Ramón por fin veía la luz a estos últimos meses horribles, ya que si el juez le daba la razón, además de cesar en los ruidos, podían otorgarle la indemnización e, incluso, poner fin al contrato de arrendamiento y conseguir echarlos, según establece el artículo 27 de la LAU.

CONCLUSIÓN

Como habéis visto, los problemas de ruidos con los vecinos tienen solución, que puede ser más o menos sencilla según la cooperación de los vecinos ruidosos. Puedes solucionarlo por vía amistosa, gracias al presidente de la comunidad o con una demanda. Además, podrás logar, incluso, el resarcimiento por los daños ocasionados con una indemnización por cada persona de cada vivienda afectada. 

No obstante, si el caso empieza a revestir de mayor complejidad, siempre se puede y se debe acudir a un profesional que nos ayude con todo el proceso. 

 

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