¿Y si le pago 100 € al Policía Local para evitar la denuncia de un posible delito?

¿Y si le pago 100 € al Policía Local para evitar la denuncia de un posible delito?
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  • JAVIER IZAGUIRRE FERNÁNDEZ

Eso mismo pudo preguntarse el dueño de un establecimiento comercial ubicado en la capital hispalense tras la inspección de su local por parte de varios agentes de la Policía y comprobar estos últimos que se vendían prendas de imitación, sin contar con la autorización para ello de los titulares de las marcas.

En enero de 2018 se personaron en el local regentado por los acusados agentes de la Policía Local en el ejercicio de su cargo y con uniforme reglamentario, quienes comprobaron que el establecimiento tenía en exposición para su venta una equipación deportiva del Sevilla Fútbol Club.

Los agentes, tras apreciar la prenda y su envoltorio (sin logo, etiqueta adhesiva, código de barras, talla o precio), dedujeron “claramente que era una copia ilícita del original”. A continuación, los mismos localizaron un total de 32 blíster con prendas del Real Betis Balompié (12 equipaciones y 18 camisetas) y 43 blíster con prendas del Sevilla (25 equipaciones y 16 camisetas), todas las cuales eran una imitación de los originales, sin contar los investigados con autorización de los titulares de las marcas para esta reproducción, almacenaje o venta.

En el transcurso de lo anterior y para la sorpresa de los agentes, el dueño del establecimiento se dirigió a uno de ellos y le ofreció “100 euros para que dejase de actuar”. Después de que el propio agente le recriminase su actitud y le indicase “que qué estaba haciendo”, el dueño del comercio reiteró su invitación al mismo a que cogiese los 100 euros y se fuese, diciéndole “toma y ya está”.

Delito de cohecho y contra la propiedad industrial

Ante tales hechos, la Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado, en su reciente sentencia de 22 de septiembre, a dos años de cárcel por un delito de cohecho al dueño del establecimiento y al pago de dos multas de 60 euros cada una, por los delitos contra la propiedad industrial cometidos por el dueño del establecimiento y su esposa.

Ambos acusados, a los que la Audiencia ha aplicado las atenuantes analógicas de confesión tardía de los hechos y de reparación parcial del daño, tendrán que indemnizar de forma conjunta y solidaria con 945 euros al Sevilla Fútbol Club.

Tanto el acusado como su esposa iban a ser enjuiciados por un jurado popular, pero finalmente la vista oral no se celebrará tras la conformidad alcanzada por la Fiscalía, la acusación particular ejercida por el Sevilla Fútbol Club y la defensa de los investigados.

Por último, añade la sentencia que el beneficio que podrían haber obtenido por la venta de aquellas prendas podría haber alcanzado los 1.123,50 euros.

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