Sección de Derecho Sanitario de ICAM: pasaporte europeo de vacunación

La Sección de Derecho Sanitario de ICAM ha elaborado una nota de prensa donde ha expresado ciertas cuestiones sobre el pasaporte europeo de vacunación.
Sección de Derecho Sanitario de ICAM: pasaporte europeo de vacunación
Foto: Pixabay
  • OKJURÍDICO
Debido a las noticias relacionadas con el pasaporte de vacunación de la Unión Europea es preciso aclarar que:
  1. Hasta que la UE no apruebe y publique el Reglamento del Certificado Digital Verde, no se aprobará el “pasaporte”. De momento, la UE tan solo ha publicado un documento sobre la propuesta de Reglamento que está estudiando la Comisión.
  2. La UE prepara un Reglamento que regulará el Certificado Digital Verde. Este incluye: certificado de vacunación, certificado de test (ya sea PCR negativa o portador de anticuerpos y certificado de recuperación) de la COVID-19.
  3. El Reglamento garantiza un trato igualitario para emitir certificados sobre el estado de las personas relacionadas con el virus. Este limita a los Estados miembros de la UE la elaboración de documentos con este fin. Garantiza la protección de los datos en los tratamientos de la pandemia que cada Estado miembro realice. Para ello, limita el tipo de dato, la forma de registrarlo y de utilizarlo y los mecanismos de confidencialidad. El Reglamento establece un conjunto mínimo de datos que no se podrá sobrepasar.
  4. El certificado no será un requisito previo para viajar. La UE declara que los ciudadanos gozan del derecho fundamental a la libre circulación y esta se aplica tanto si están vacunados o no. También hay cuestiones que concretar en materia de otros derechos como son el de discriminación, o el derecho a que los datos personales de salud sean protegidos.

Los expertos consultados entienden que la prueba PCR negativa no es una prueba útil para el Reglamento. Necesita realizar un estudio inmunológico de la persona que certifique que es inmune. Esto se hará con un coeficiente de seguridad bastante alto, aunque no del 100%.

Todos estos puntos se han emitido tras analizar la información oficial de la Unión Europea (UE) que proviene de la Comisión Europea.

Cuanto antecede es una opinión emitida por esta Sección a efecto orientativo, y limitada al estado actual normativo. No expresa necesariamente una posición institucional en la materia.

Sección de Derecho Sanitario ICAM

Actualidad

Despachos