El Gobierno aprueba un nuevo Real Decreto-Ley que modifica la normativa actual de intentar frenar los desalojos a las familias mientras que esté vigente el estado de alarma, es decir, hasta el 9 de mayo.
El Ejecutivo introduce los requisitos “nocturnidad y alevosía” como indispensables para proceder al desalojo inmediato de los okupas. Esta medida la introduce justo cuando se cumple un mes de haber prohibido los desahucios.
¿QUÉ CAMBIOS SE REALIZAN?
Este nuevo cambio ha sido publicado el día 20 de enero de este año, en el Boletín Oficial del Estado (BOE). En concreto, se modifica el artículo 1 bis introducido en el Real Decreto-Ley 37/2020, de 22 de diciembre, en el que se protege al okupa si está en una situación de vulnerabilidad.
Por lo que, si tenemos una vivienda, y alguien procede a ocupárnosla únicamente podemos desalojarles si han usado “nocturnidad y alevosía”; términos que aparecen en nuestro Código Penal.
La nocturnidad, hace referencia a la circunstancia de tiempo que aprovecha el delincuente para la comisión de un delito: la noche. Y la alevosía, una circunstancia en la que el delincuente pueda cometer el delito estando él en una situación de ventaja frente a la víctima.
Según numerosos expertos, esto también va a provocar cierta inseguridad en el terreno inmobiliario; ya que los inversores van a ser más reticentes a la hora de invertir en una nueva vivienda por el miedo a que pueda ser ocupada y no poder echarles.
El Ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana- José Luis Ábalos- ha asegurado, que se van a paralizar todos aquellos desalojos donde haya personas que no puedan acreditar su situación de vulnerabilidad (hijos a cargo, víctimas de violencia de género…etc.) y; también cuando no se trate de vivienda habitual, segunda vivienda o inmueble cedido.
El Gobierno basa su criterio en que ninguna familia que atraviese dificultades económicas derivadas de la crisis de la Covid.19 se quede sin hogar. Pero, ¿se está dando más facilidades para ocupar una vivienda? La respuesta puede ser sí, ya que únicamente se va a proceder a ejecutar los desahucios que se produzcan con nocturnidad y alevosía.
Por lo que, si se ocupa un inmueble sin uso de violencia ni agravantes, éste puede vivir allí hasta la finalización del estado de alarma el 9 de mayo, que es cuando pretende comenzar con la ejecución de los desalojos.
Lo que el Ejecutivo ha mantenido inamovible ha sido la compensación económica a los propietarios de las viviendas, por lo daños que se puedan producir en ellas.