Día Europeo de las PYMES

Hoy, 12 de mayo, se celebra el Día Europeo de las PYMES y con ello, el día de todo aquel que desea emprender un negocio.
Día Europeo de las PYMES
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  • Idaira Loras Martín

Cada vez es más habitual la aparición de nuevas pequeñas y medianas empresas (PYMES), ya que la gente va perdiendo el miedo a emprender y crear sus propios proyectos. Pero muchas veces, aunque alguien quiera montar un negocio propio, no tiene la información legal suficiente para iniciarlo.

Por ello, vamos a ver los pasos para crear una Pyme y todos los requisitos legales que debemos cumplir:

  1. Escoger la forma jurídica: Lo primero que tenemos que tener en cuenta cuando queremos abrir una pequeña o mediana empresa es la forma jurídica de la misma. Para determinar su forma, hay que tener en cuenta: número de socios, actividad a la que se va a dedicar, la responsabilidad legal que van a tener los socios…
  2. Certificado negativo del nombre: Es la solicitud del nombre de la empresa, para ratificar que no existe otra con el mismo nombre. Se tiene que solicitar ante el RMC (Registro Mercantil Central) situado en Madrid.
  3. Estatutos sociales: Son las normas por las que se va a regir la empresa: cómo se administrará la sociedad, el papel de los socios, cómo se regularán las pérdidas y ganancias, cómo se distribuirán las participaciones/acciones…
  4. Cuenta bancaria: En cuarto lugar, es necesario abrir una cuenta en una entidad bancaria que vaya a nombre de la empresa, es decir, de la persona jurídica que es la empresa. El dinero que haya en la cuenta se denomina capital social. Dependiendo del tipo de sociedad que se vaya a crear, la cantidad mínima en la cuenta debe ser una cantidad u otra.
  5. Solicitar el NIF (Número de Identificación Fiscal): El NIF es una especie de DNI, pero para la empresa. Para ello, se tiene que rellenar el modelo 036 de Hacienda. Este proceso se puede hacer telemáticamente.
  6. Escrituras de constitución: Los socios deberán acudir ante un notario, y allí firmar la escritura de constitución de la Pyme. Al notario se deben llevar todos los documentos obtenidos de los pasos anteriores.
  7. Inscribir la empresa: Una vez el notario ha dado fe sobre la creación de la empresa, el siguiente paso es inscribirla en el Registro Mercantil. Se debe acudir al RM de la ciudad en la que la empresa tenga la sede social. Deben presentarse todos los documentos.
  8. Darse de alta en el IAE (Impuesto Actividades Económicas): Rellenar el formulario correspondiente de Hacienda para indicar la actividad a la que se va a dedicar la empresa. Además, hay que señalar quién va a ser el administrador.
  9. OEPM (Oficina Española de Patentes y Marcas): Para protege tu eslogan o logotipo de la empresa.
  10. Certificado electrónico: Ahora que todo funciona de manera telemática, se trata de un certificado para poder llevar a cabo todas las actuaciones relativas a la empresa por internet.

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