CÓMO PRESENTAR UNA RECLAMACION EN LA ORGANIZACIÓN DE CONSUMIDORES Y USUARIOS

CÓMO PRESENTAR UNA RECLAMACION EN LA ORGANIZACIÓN DE CONSUMIDORES Y USUARIOS
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  • Idaira Loras Martín

Actualmente, las denuncias y reclamaciones ante la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha crecido notablemente. Esto se debe a todos los abusos y extralimitaciones de muchas empresas.

Esta organización lo que pretende es proteger y blindar los derechos de los consumidores frente a actuaciones abusivas por parte de empresas. Se intenta ayudar y prestar servicios a los consumidores de productos.

Con proteger los derechos, nos referimos a que el consumidor obtenga un servicio y unos productos de calidad, que se le informe y sea consciente de las condiciones en las que firma el contrato y adquiere el producto, etcétera.

Todas ellas están recogidas en el Texto Refundido de la Ley General de Defensa de Consumidores y Usuarios, que nos protege de algunas prácticas desleales llevadas a cabo por parte de algunas empresas.

  1. ¿QUÉ ES UNA RECLAMACION EN CONSUMO?

Es un escrito que se presenta en la OCU y sirve para iniciar un procedimiento contra una empresa con la que no hemos podido llegar a un acuerdo de forma previa con ella por la vulneración de algún derecho.

  1. PASOS A SEGUIR

Primero ponemos una reclamación en la empresa que nos ha producido el daño. Si no nos resuelven el problema, presentamos la reclamación en la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC).

La OMIC nos facilitará un impreso que debemos rellenar para realizar la queja, junto a ello, debemos aportar todo tipo de documentos que puedan acreditar el daño que se nos ha producido: recibos, facturas, contratos…

Si nos hemos intentado poner en contacto con la empresa infractora previamente, debemos aportar si tenemos correos enviados, cartas o todo aquello que demuestre que hemos hecho la reclamación primero a la empresa.

Una vez presentada la solicitud, la OMIC se pone en contacto con la empresa y le propone una solución amistosa para el problema. Si la empresa acepta el acuerdo, el problema quedaría resuelto.

En caso de que no, es cuando recurrimos a la OCU. Allí revisan el caso y comprueban las pretensiones realizadas por el consumidor, e intentan llegar a una posición de entendimiento común entre ambas partes. Si no se llega a dicho acuerdo, se exige a la empresa el resarcimiento de los daños provocados.

Cuando se presenta allí, se abre un procedimiento de comprobación y sanción a la empresa. Dicho procedimiento suele bastar.

  1. EN CASO DE QUERER RECUPERAR EL DINERO

En caso de que lo que queramos sea cancelar el contrato y que nos devuelvan el dinero, tenemos que recurrir al sistema arbitral de consumo en el cual lo tramitan las Juntas Arbitrales de Consumo de los Ayuntamientos y de las Comunidades Autónomas respectivas.

Se trata de un procedimiento en el que se realiza una vista por la cual el cliente afectado debe rellenar la solicitud y aportar todo tipo de documentación que pueda acreditar todos los hechos dañosos. La empresa puede presentarse o no, pero el proceso continúa igualmente.

Tras esto, se dicta el laudo que es como la conclusión o decisión que toma la Junta Arbitral competente.

Este proceso arbitral es voluntario para la empresa. En caso de que no se presenten al proceso arbitral o la materia sobre la que trate el contrato esté excluida de este sistema; se tendrá que recurrir a la vía judicial. Para ello presentamos una demanda ante los Tribunales competentes.

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