Cómo montar mi propia empresa

Cómo montar mi propia empresa
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  • Idaira Loras Martín

Hoy en día, mucha gente opta por la iniciativa de crear su propio negocio y tomar las riendas de su propia vida laboral. Pero muchas veces al embarcarnos en este proyecto, nos pueden surgir numerosas dudas sobre cómo crear mi empresa o que pasos legales tengo que seguir para hacerlo.

Vamos a ver los trámites que tengo que seguir, analizando jurídicamente cada uno de ellos.

TRÁMITES INICIALES

  1. CERTIFICADO NEGATIVO DEL NOMBRE. Se solicita ante el Registro Mercantil Central (C/ Príncipe de Vergara, 94, Madrid). Es un documento que indica que el nombre o razón social de la empresa no está ya registrado. Con lo cual, puede ser usado. Lo podemos solicitar de forma presencial ante el Registro o mediante la web.
  2. APERTURA DE CUENTA CORRIENTE BANCARIA. Debemos aportar el capital social, es decir, una vez obtenido el certificado del nombre, se debe acudir a un banco o caja para abrir una cuenta corriente a nombre de la empresa, ingresando en ese momento el capital mínimo inicial, según la forma jurídica.
  3. REDACCIÓN DEL CONTRATO DE SOCIEDAD: Es la constitución de la sociedad. Son las normas que van a regir en la sociedad: su nombre comercial, capital social, domicilio social, responsabilidad de cada socio, identificación de los socios, fecha de inicio de la actividad y fecha de terminación. Este contrato es un compromiso para todos los socios. Debe estar firmado por todos ellos.
  4. ESCRITURA PÚBLICA. Este contrato privado es llevado ante un notario, el cual lo eleva a escritura pública.
  5. INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO MERCANTIL. Una vez realizados todos los trámites anteriores, los socios, deberán ir al Registro Mercantil a inscribir la empresa.

TRÁMITES CON HACIENDA

  1. PAGO DEL IMPUESTO DE TRANSMISIONES PATRIMONIALES. Consiste en pagar el 1% del capital social ante la Consejería de Hacienda. Para ello debemos rellenar el modelo 600 que nos proporciona Hacienda.
  2. SOLICITUD DEL CIF. Código de Identificación Fiscal, o el NIF. Es una especie de DNI, pero para las personas jurídicas, no físicas. Sirve para identificar a la empresa y lo debemos solicitar a la Agencia Tributaria, rellenando el modelo 036 de Hacienda. Tenemos que aportar junto a este modelo, una copia de las escrituras de constitución de la empresa y una copia de los estatutos.
  3. DECLARACIÓN CENSAL. Este trámite se realiza ante la Consejería de Hacienda en el modelo 036 (el mismo que para solicitar el CIF), mediante el cual se declara oficialmente el comienzo de una actividad empresarial.
  4. DECLARACIÓN DE ALTA EN EL IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS (IAE). Es un impuesto que es obligatorio pagar cuando se realice el ejercicio de actividades empresariales, profesionales o artísticas. Es obligatorio para todo empresario, profesional o artista. El impreso que hay que rellenar es el 840.

 

 

TRÁMITES ANTE LA SEGURIDAD SOCIAL

  1. INSCRIPCIÓN DE LA EMPRESA EN LA SEGURIDAD SOCIAL. La empresa debe inscribirse en la Seguridad social, para ello debemos rellenar el documento de inscripción llamado TA-6 en Hacienda.
  2. ALTA DE LOS TRABAJADORES EN LA SEGURIDAD SOCIAL. Seguidamente, se deberá dar de alta a los trabajadores en el Régimen General de la Seguridad social, rellenando el documento de afiliación y alta TA-2.
  3. PRESENTACIÓN DE LOS CONTRATOS DE LOS TRABAJADORES. Los empresarios están obligados a registrar los contratos de trabajo en el plazo de los diez días hábiles siguientes a su contratación ante la Oficina de Empleo.
  4. COMUNICACIÓN DE LA APERTURA DEL CENTRO DE TRABAJO. La apertura del negocio y de la actividad del local debe ser comunicada rellenando el documento de apertura de centro de trabajo, según el modelo oficial.
  5. SOLICITUD DEL LIBRO DE VISITAS. Es un documento que deben tener obligatoriamente todas las empresas. En él se apuntan las visitas de los Inspectores de Trabajo.

 

TRÁMITES ANTE EL AYUNTAMIENTO

Deberemos presentar ante el ayuntamiento del lugar donde vayamos a instalar nuestro negocio, todo tipo de licencias. Por ejemplo: licencia de terraza, de venta de bebidas alcohólicas…

1.LICENCIA DE APERTURA. Es un documento que acredita que el local del negocio y las instalaciones se ajustan a la normativa urbanística. Se solicita justo en el momento de abrir el local ante el Ayuntamiento correspondiente, según modelo oficial.

2.LICENCIA DE OBRAS. Es el permiso necesario solicitado ante el Ayuntamiento para efectuar cualquier tipo de obras en el local, asegurándose de que no dañan al entorno vecinal, según modelo oficial.

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