Simuló un accidente de coche para cobrar la indemnización

La mujer ha sido condenada a un año de cárcel y a pagar una multa de 7000 euros, además del coste procesal por falsear el accidente.
Simuló un accidente de coche para cobrar la indemnización
Foto: Netto Figueiredo

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal de Justicia (TJ) de Castilla-León ha sentenciado a un año de cárcel y al pago de una multa de 7000 euros a una mujer que simuló tener un accidente de coche para recibir la indemnización por falsas lesiones.

Los hechos

3 de julio de 2012, 21.30 horas de la noche.

La mujer conduce su Nissan Almera por Puente Castro (León) cuando colisiona con un Renault 9. Tras el choque, ella culpa al conductor del otro vehículo por haberse saltado la señal de ceda el paso, lo cual había producido la colisión. Además, afirma tener lesiones debido al siniestro. Por ello, interpone una denuncia donde solicita ser indemnizada.

El Juzgado de Instrucción 3 de León abre un procedimiento y dicta nula la indemnización que había pedido a Línea Directa (la aseguradora del Renault 9). Esto es porque se consideraba que el hecho no tenía trascendencia penal.

Sin embargo, el auto de cuantía máxima (es decir, al no conceder a la mujer la indemnización), le permite reclamar a la aseguradora el seguro voluntario. Para ello, presenta una demanda en 2016 ante el Juzgado de Primera Instancia 5 de León, quien dicta un proceso contra Línea Directa.

Pero esta se opone y aporta nuevas pruebas sobre el accidente de tráfico. En estas se comprueba que el siniestro o es ficticio o no ha ocurrido como la demandante afirma. Finalmente, el magistrado desestima la demanda interpuesta.

El jaque mate de Línea Directa

La aseguradora no se detiene. Interpone una querella a la mujer y el 16 de septiembre de 2020 van a juicio ante el tribunal de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de León.

En esta sentencia se prueba que la mujer planea el accidente, ya que no se produjo de la forma en que ella aseguraba ante la justicia, creándose actividades judiciales innecesarias. La primera instancia afirma que el propósito de la mujer era “defraudar y engañar a la aseguradora al tiempo que al órgano judicial, para conseguir un enriquecimiento por lesiones”.

El abogado que representa a Línea Directa aporta fotografías de los dos vehículos. En estas se observa que el Renault 9 tenía dos golpes en la parte lateral izquierda. Por tanto, los golpes del Nissan Almera debían estar en la parte frontal lateral izquierda, pero se encontraban en el derecho. De esta forma, la aseguradora informa de que los daños no se correspondían a las argumentaciones que la mujer había aportado.

Cómplices

Tras la exposición de los hechos, el Tribunal llega a la conclusión de que los dos conductores habían acordado la exposición del accidente. Solo de esta manera se podía explicar que al hombre le hubiese costado tanto explicar el siniestro durante el juicio.

Además, en el juicio sale a la luz que el conductor del Renault 9 es fisioterapeuta y había estado tratando a la mujer como paciente por las supuestas lesiones. “Es una coincidencia muy rara”, dice la sentencia. Y lo que resulta más curioso al Tribunal es que cuando a ambos se les pregunta por este tema, no coinciden en sus versiones. La mujer mantiene que en estas sesiones no se habló nunca del accidente y él dice que fue ella quien le llamó porque no encontraba a nadie que le atendiese.

De esta forma, el Tribunal ratifica que ambos mintieron. Por esta razón, se acusa a la mujer de “delito de simulación y de estafa procesal en grado de tentativa”. La pena impuesta es de un año de cárcel, 7000 euros (1080 euros de multa y 5831,34 euros de indemnización), además del coste procesal. Este incluye las de la acusación particular, más intereses.

La apelación

A pesar de todo esto, la condenada interpone una apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del TSJ de Castilla-León. Sostiene que la sala ha valorado de forma errónea las pruebas al tener en cuenta solo las aportadas por la aseguradora. Desde su punto de vista, se ha vulnerado la presunción de inocencia, aspecto desmentido por el Tribunal .

Tras analizarse todas las pruebas se ha llegado a la conclusión de que los hechos fueron los probados en la sentencia de la Audiencia Provincial, ratificándola.

Sin embargo, la mujer todavía puede recurrir al Tribunal Supremo.

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