Desde finales de 2016, HP ha promocionado sus impresoras afirmando que son compatibles con cartuchos de tinta de terceros. Un reclamo muy jugoso para cualquier consumidor, ya que, a lo largo del tiempo, el desembolso en tinta siempre supera al coste del propio aparato y los cartuchos de terceros suelen ser más económicos.
Sin embargo, según relata la organización de consumidores y usuarios (OCU), una actualización de firmware restringe esta opción, haciendo que aparezca un mensaje de error cuando se instala un cartucho que no es de la marca, haciendo creer al usuario que este está defectuoso o que el propio aparato está fallando. De esta forma, la empresa «les obligaba a comprar otros más caros de HP, o incluso a sustituir su impresora por completo», relata en un comunicado.
Es por esto por lo que, desde la organización, a través de Euroconsumers (agrupación a la que pertenece), reclama a HP Inc. el pago de daños y perjuicios a los consumidores de España, Italia, Bélgica, Portugal y Brasil por la incompatibilidad de sus impresoras con cartuchos de otras marcas.
Compensación
En concreto, la OCU junto a las organizaciones hermanas de los países citados, pide hasta 150 euros para cada afectado por esta «falsa promesa», siguiendo el ejemplo de las reclamaciones de consumidores norteamericanos por estas mismas prácticas, por las que HP aceptó compensar a cada demandante con entre 100 y 150 dólares (unos 83 y 124 euros) por un importe total de 1,5 millones de dólares (alrededor de 1,24 millones de euros).
Además, piden a la empresa que cese inmediatamente esta práctica engañosa y perjudicial para los usuarios, que deben comprar otros cartuchos pese a lo que se les había dicho. Que además resulta anticompetitiva con respecto otras marcas y poco sostenible para el medio ambiente, ya que aumenta el volumen de residuos.
En caso de no obtener una respuesta satisfactoria para los consumidores, OCU y el resto de las organizaciones europeas están dispuestas a iniciar una acción colectiva con el fin de conseguir una compensación adecuada para los consumidores.
Este tipo de prácticas están directamente relacionadas con la obsolescencia programada, que no sólo es ilegal, sino también irresponsable. «Es inaceptable que HP se haga con el control de los dispositivos de los consumidores en su propio beneficio, leyendo la información de las impresoras e impulsando actualizaciones sin que ellos lo sepan», estima la organización, añadiendo que debería de ser el propio usuario el que tenga el control sobre sus aparatos.
Bloqueos y demandas
En septiembre de 2016, un vendedor de cartuchos con sede en EE. UU., LD Products, publicó un comunicado afirmando que su «centro atención al cliente estaba inundado de llamadas y correos electrónicos de consumidores frustrados porque sus cartuchos de tinta ya no funcionaban con ciertas impresoras HP». La respuesta de HP fue dar marcha atrás con su política de rechazar cartuchos no originales, confirmando el lanzamiento de una actualización de firmware para revertir el bloqueo.
Años después, en 2018, la Comisión Australiana de Competencia y Consumidores (ACCC) reclamó a la empresa tecnológica por una práctica similar. Sólo en Australia, esta vendió 220.000 impresoras que, tras una actualización, dejaron de aceptar cartuchos de terceros.
Además, según denunció la ACCC, no se informó a los consumidores de la restricción sobre el uso de cartuchos de otra marca ni se les permitió la opción de cancelar la actualización de firmware, por lo que HP Australia ofreció una compensación de 50 dólares.
Estas idas y venidas de la empresa, que parecen señalar hacia un futuro de incompatibilidad con otros elementos que no sean de la propia marca, continúan hasta la actualidad, con la intervención que dio pie y ha servido de base para la reclama de la OCU.
En concreto, el 17 de noviembre del año pasado, la Autoridad de la Competencia italiana concluyó que HP es responsable de los mismos cargos y recibió una sanción de 10 millones de euros. También la ley italiana que permitió esa decisión se deriva de una directiva europea, lo que, en opinión de la OCU, significa que pueden reclamarse cargos similares en otros países de la Unión Europea.