Quedan suspendidos los procedimientos sobre el IRPH

Así será hasta que el TJUE dicte una nueva sentencia resolviendo las cuestiones planteadas por el Juzgado de Barcelona y el de Ibiza.
Quedan suspendidos los procedimientos sobre el IRPH
Foto: Karolina Grabowska

Bufete Ortiz Abogados ha informado de que el Juzgado de Primera Instancia Nº 2 BIS de Cádiz, ha suspendido la tramitación de un procedimiento ordinario. En este se pide anular una cláusula del índice de referencia de préstamo hipotecario (IRPH) hasta que el TJUE se pronuncie sobre el asunto.

La resolución ha seguido el criterio del TJUE establecido en su sentencia del 3 de marzo de 2020. Fijó que la falta de transparencia de la cláusula IRPH implicaba abusividad. Por ello, el contrato debe ser nulo frente a la última Jurisprudencia del Supremo, que sostiene que la falta de transparencia no conlleva abusividad, y el contrato puede ser válido.

Los Magistrados González de Audicana (Juzgado de Primera Instancia 38 de Barcelona) y Robles Zamora (Juzgado de Primera Instancia 2 de Ibiza) han llevado cuestiones prejudiciales ante el TJUE. Fue en diciembre en el caso de González de Audicana y en enero en el de Robles Zamora. Pretendían que se pronuncie sobre si las últimas sentencias dictadas por la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo sobre el IRPH van en contra de la Unión.

Nueva sentencia

El Juzgado hace suyo el criterio de que cuando una cuestión se tramita por el TJUE. La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo rechaza en su STS 13/2021 de 19 de enero la solicitud de un consumidor de suspender la materia de IRPH. Así es hasta que el Tribunal europeo falle la cuestión prejudicial “replanteada” por el Juzgado de Primera Instancia Nº 38 de Barcelona y el Juzgado de Ibiza.

El TS, a diferencia del Juzgado de Primera Instancia de Barbate, no accede a la suspensión. Su argumento es que “ni siquiera consta que el TJUE haya dado curso a esa cuestión prejudicial”. Y eso que el TJUE ya lo ha resuelto en su anterior sentencia del 3 de marzo de 2020, dictada por la Gran Sala en la misma cuestión Prejudicial. Esta (C- 125/2018) ahora se replantea las dudas que desde la perspectiva del derecho de la unión podría plantear la incorporación del índice IRPH, el interés remuneratorio del préstamo. 

Por ello, muchos Juzgados de Primera Instancia, como el Nº 2 BIS de Cádiz en este caso, están suspendiendo la tramitación de los pleitos sobre la nulidad de la cláusula de IRPH, hasta que el TJUE se vuelva a pronunciar sobre su definitiva nulidad.

La dirección Letrada del caso ha sido llevada por Bufete Ortiz Abogados, de Cádiz. Concretamente por su socio director D. José Luis Ortiz Miranda.

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