Se puede anular una herencia si traía deudas ocultas

El Tribunal Supremo ha determinado que la aparición de una deuda desconocida tras aceptar una herencia puede determinar su nulidad.
Se puede anular una herencia si traía deudas ocultas

Deuda oculta

En este caso, un hombre aceptó el testamento de su tía fallecida sin conocer que tenía una deuda pendiente de 1.180.000 euros. El heredero había llevado a cabo el plan que tenían establecido: cuidar de su tía a cambio de unas propiedades en Extremadura y Madrid cuando ésta falleciera. Por ello, firmó el testamento y recibió los pisos en herencia. Sin embargo, al poco tiempo ocurrió lo inesperado: apareció una deuda oculta de gran cantidad.

Un documento firmado por la viuda recogía una situación desconocida por el heredero. Esta desembocaba en el pago de una deuda de 1.180.000 euros. A raíz de este momento, el único deseo del heredero era desligarse del asunto. Por ello, reclamó ante los tribunales la nulidad de la aceptación de la herencia, lo que le permitiría no tener la obligación de afrontar la deuda. El heredero insistió en que había aceptado la herencia sin conocer la existencia de dicho pago.

 

Nulidad de la herencia

La justicia ha confirmado que se ha tratado de un  “error en el consentimiento”. Además, la cantidad doblaba “el valor de lo recibido y de sus propios bienes”. Según ha determinado el Tribunal Supremo “si el heredero hubiese conocido estas condiciones, no la habría aceptado”, refiriéndose a la herencia.

Por ello, el Supremo ha dado la razón al heredero. Así, ha declarado nula la aceptación de la herencia, ya que la aparición de la deuda “altera su contenido de manera sustancial”. Según ha decretado el fallo, esa cantidad es “determinante” y demuestra que, claramente, aceptó por error.

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