No hay fundamentos jurídicos para tomar medidas cautelares contra el rey emérito Juan Carlos I

No hay fundamentos jurídicos para tomar medidas cautelares contra el rey emérito Juan Carlos I
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  • JESÚS HEPBURN HERNÁNDEZ

Así se recoge en la providencia dictada el pasado miércoles por el Tribunal Supremo tras la petición de la entidad independentista Òmnium Cultural de activar la “búsqueda internacional” del rey Juan Carlos a fin de que fuera citado a declarar de manera inmediata como investigado.

La petición de Òmnium Cultural se realizó justo después de que el rey emérito comunicara el pasado domingo su intención de cambiar su país de residencia. Este hecho llevó a esta entidad a interesar una orden internacional de detención, la retirada de pasaporte y la prohibición de salida del territorio nacional, para el caso de que aún estuviera D. Juan Carlos en España. Y ello, unido a la querella presentada por esta entidad hace un mes en la que pedía la investigación de la procedencia de distintas presuntas cuentas del rey Juan Carlos I en el extranjero, solicitando que Suiza procediese al bloqueo de estas por haber indicios de corrupción.

Así las cosas, el Tribunal Supremo parte de la base de que el rey emérito no tiene la condición de investigado, requisito sine qua non para adoptar medidas cautelares, tal y como se expresa en la resolución firmada por el magistrado Francisco Marín, “nuestro sistema procesal no contempla la adopción de medidas cautelares respecto de quien no tiene la condición de investigado, como es el caso de Juan Carlos I”. Y es que, el hecho de que la fiscalía esté investigando si D. Juan Carlos habría cometido delitos contra la Hacienda Pública y blanqueo de capitales, no convierte al rey emérito en investigado.

Así, Òmniun Cultural ve rechazada su solicitud de adoptar medidas cautelares solo un día después de realizar la petición. No obstante, tendremos que esperar para conocer el pronunciamiento de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo relativo a la querella registrada el pasado 3 de julio. En este sentido, cabe recordar que la Fiscalía del Tribunal Supremo ha asumido la investigación procedente de Anticorrupción motivada por el presunto pago de comisiones en la construcción del AVE a La Meca, al existir indicios de que D. Juan Carlos podría estar involucrado en los hechos. Estos sucesos investigados tuvieron lugar a partir de junio del año 2014, fecha en la que el rey emérito abdicó en Felipe VI, y, por lo tanto, y perdió el beneficio de la inviolabilidad consagrado en el artículo 56.3 de la Constitución Española.

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