Medidas anti-COVID-19 en las piscinas comunitarias

Medidas anti-COVID-19 en las piscinas comunitarias
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  • Esmeralda Vilchez Domínguez

Con la llegada del buen tiempo y el calor, son muchos los consumidores que aprovechan los fines de semana para pasar el día en la piscina ya sean municipales o privadas.

Además, son cada vez más habituales las urbanizaciones de vecinos que cuentan con una piscina comunitaria para el disfrute de los propietarios.

Este verano, a causa de la pandemia provocada por la COVID-19, las medidas higiénicas y sanitarias que habitualmente deben cumplir las piscinas cobran especial importancia. Ya que numerosas medidas de limpieza, desinfección, aforo limitado o controles de acceso serán impuestas en todo el territorio español.

Asimismo, debemos tener en cuenta que el Ministerio de Sanidad ya anunciaba en mayo una serie de recomendaciones para la apertura de piscinas y, además, anunciaba que serán las Comunidades Autónomas quienes establezcan los protocolos de actuación de estos espacios lúdicos.

A continuación, veremos las nuevas medidas higiénicas y de aforo establecidas y recordamos las obligaciones que deben cumplir las piscinas de uso colectivo.

Sin olvidarnos de las obligaciones de los usuarios. Pues ellos también deberán contribuir a las medidas higiénicas del establecimiento. Así como los propietarios de las piscinas tienen unas obligaciones que cumplir para garantizar la seguridad y la higiene de las instalaciones, también los usuarios de las piscinas tienen una serie de obligaciones que cumplir para el disfrute con garantías, como son el uso obligatorio de las duchas antes de bañarse en la piscina, entrar a la zona de baño con calzado adecuado, no estando permitido usar zapatos de calle o no comer en la zona dedicada al baño, usando para ello las zonas habilitadas a tal efecto.

En la Comunidad de Madrid, la responsable de disponer las medidas preventivas del Covid-19 en piscinas es la Orden 668/2020 de 19 de junio, de la Consejería de Sanidad. De este modo, la Orden mencionada dispone un aforo del 50%, distancia de seguridad, espacio de 3 metros cuadrados en la piscina, labores de desinfección y limpieza, al menos dos veces al día, así como controles de acceso para evitar aglomeraciones.

Solamente en la comunidad de Madrid podemos encontrar 12.000 piscinas, según los datos aportados por el Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid, de las cuales se calcula que están abiertas alrededor del 60%.

El hecho de que no todas hayan podido abrir se debe al aumento de gastos que supone la nueva normativa contra el coronavirus. Ya que se estima que la aplicación de estas medidas supone un 50% más de gastos para las comunidades de propietarios.

Al respecto, Mercedes Blanco, vicepresidenta primera de FIACBI España y CEO de Vecinos Felices explica que, “supone un aumento de costes para la comunidad porque tienes que incrementar la frecuencia de la limpieza y de mantenimiento, y en algunos casos, depende de las comunidades, han tenido que colocar un vigilante que eso es un salario más o controlar el aforo mediante turnos o aplicaciones informáticas”. A continuación, también añade que “en general, dada la situación, si la comunidad puede soportar los gastos intenta disfrutar de la piscina “.

Finalmente, apuntar que el aspecto más importante en este tipo de actuaciones es el sentido común de todos los intervinientes y obedecer de forma estricta las recomendaciones de las autoridades sanitarias y los expertos.

 

 

 

 

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