Un médico falsifica el historial de su mujer para perjudicarla durante el divorcio

El profesional de la salud modificó el historial médico de su expareja y añadió dos trastornos mentales para lograr mayores beneficios en el proceso de divorcio.
Un médico falsifica el historial de su mujer para perjudicarla durante el divorcio
kuprevich

El caso ha sido juzgado por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de las Palmas. Este tribunal ha condenado al médico, y marido de la víctima, a dos años de cárcel por un delito de descubrimiento y revelación de secretos. El marido había revelado el historial médico de su mujer y, además, le añadió dos patologías mentales sin base médica alguna. Todo ello lo hizo con el propósito de perjudicar a su mujer durante el proceso de divorcio que estaban llevando a cabo.

Asimismo, aparte de la condena penal, el acusado deberá abonar una indemnización de 10.000 euros a su expareja. Para ello, el Servicio Canario de Salud será el responsable subsidiario de ese pago. Aunque también, deberá suprimir los diagnósticos falsos de la Historia de Salud de la víctima cuando la sentencia sea firme.

Según los hechos probados en la sentencia, el marido era médico de Medicina General de Atención Primera en Las Palmas de Gran Canaria y entre sus pacientes se encontraba su esposa. Ésta ya era su paciente antes de que se casasen en 2006.

El conflicto entre la pareja comenzó el 7 de febrero de 2014, cuando se condenó al marido por un delito leve de vejaciones a su mujer y se le impuso una orden de alejamiento y comunicación. Así, estos no se separaron hasta este mes, aunque a pesar de la separación la mujer no solicitó oficialmente un cambio de médico. Por lo que, a efectos legales seguía siendo la paciente de su expareja.

ENFERMEDADES MENTALES FALSAS 

De esta forma, el marido “accedió a la historia de salud en Atención Primaria” el 9 de octubre de 2014 sin tener ni el consentimiento ni el conocimiento por la que todavía era su esposa. Lo hizo para poder añadir dos enfermedades o trastornos mentales, de “personalidad narcisista” y “trastorno esquizoide de la personalidad”. Así, su finalidad era perjudicar a su mujer en el proceso del divorcio “y al tiempo obtener una resolución favorable para él sobre la custodia de la hija en común”.

Además, durante la segunda mitad del año 2015 el médico fue entrevistado por una psicóloga de los Juzgados de Familia para emitir un informe en el proceso de divorcio. En esta entrevista le entregó a la psicóloga “un documento, sin sello ni firma y con el encabezado borrado” sobre la historia de salud de la mujer y sus supuestos problemas mentales.

Sin embargo, la Audiencia no tuvo en cuenta este documento para el proceso de divorcio que se resolvió el 24 de febrero de 2016. En él se atribuyó la guarda y custodia compartida de la hija a ambos progenitores, además de la patria potestad.

NO INHABILITACIÓN 

En la sentencia, el médico ha sido condenado por un delito de descubrimiento y revelación de secretos del artículo 197.2 del Código Penal (CP). Según éste, se castiga al que “sin estar autorizado, se apodere, utilice o modifique, en perjuicio de tercero, datos reservados de carácter personal o familiar”. Actividad que llevó a cabo el acusado.

No obstante, no se le inhabilita para el desempeño de la profesión médica a pesar de lo que pedían las acusaciones. La razón es que el tribunal no considera de aplicación el artículo 198 del CP que castiga el abuso de superioridad prevaliéndose de la condición de funcionario público. “Sino que, de la prueba practicada, lo que resulta es que se ha valido de su condición de médico para acceder a la historia clínica de un paciente”, explica la Audiencia.

 

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