El pasado miércoles 28 de abril el Senado aprobó la Proposición de Ley por la que se modifica la Ley 20/20211 sobre el Registro Civil. Así, con esta modificación se pretende que haya un Registro Civil Único que recoja todos los registros en una única base de datos. De esta manera, se encontrarán englobados en una sola aplicación y todas las oficinas estarán conectadas, para lograr una mayor agilidad entre las distintas administraciones. Además, se promocionarán las aplicaciones online para realizar los trámites necesarios.
El nuevo Registro Civil Único recogerá:
- 1 Registro Civil Central
- 16 Registros Civiles Exclusivos
- 415 Registros Civiles Municipales Principales
- 7.700 Registros Civiles Municipales Delegados en Juzgados de Paz
- 180 Oficinas del Registro Civil en demarcaciones consulares
Los responsables de gestionar este nuevo registro serán los Letrados de la Administración de Justicia. Esto supone “un paso más en la modernización del servicio público de Justicia«, pues «convierte el Registro Civil en un registro individual donde se inscribirán todos los hechos y actos que afecten a una persona a lo largo de su vida«. Así lo ha calificado el Ministerio de Justicia.
Distribución territorial
Según ha afirmado el Ministerio, esta ley se implementará de forma progresiva, entrando en vigor hoy 30 de abril de 2021. Las dos primeras ciudades que tendrán acceso a ella serán Madrid y Barcelona.
No obstante, con esta nueva modificación se seguirá conservando la Oficina del Registro Civil. Así, el ministro de Justicia ha afirmado que “no es simplemente la entrada en vigor de una ley, es mucho más que eso. Es una apuesta clara y decidida para la modernización de un servicio público, el Registro Civil, esencial para la ciudadanía”.