¿Jurisprudencia? ¿Doctrina? ¿Quién es quién?

¿Jurisprudencia? ¿Doctrina? ¿Quién es quién?
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Para comprender mejor las sentencias judiciales es necesario diferenciar y entender los conceptos de jurisprudencia y doctrina

En los últimos tiempos debido al estado de alarma ha habido mayor interés por los temas legales, esto ha llevado, incluso, a leer e intentar entender alguna sentencia. Pero, muchas veces resulta de una difícil comprensión porque utiliza términos como jurisprudencia o doctrina. Por eso, es interesante conocerlos para no encontrarnos otra traba más cuando intentemos entender los textos o noticias legales.

Doctrina y jurisprudencia son dos conceptos muy recurrentes en el ámbito legal, y que prácticamente se usan a diario por los profesionales del derecho. Sin embargo, los ciudadanos no están familiarizados con ellos, y no se debe dar por supuesto que los conozcan. Así, al leer algunas sentencias aparecen en muchas ocasiones los términos doctrina y jurisprudencia. Pero, para poder comprenderlas es necesario establecer primero en qué consisten estos conceptos.  

Estos dos términos aparecen en el sexto apartado del artículo 1 del Código Civil (CC), pero es en su primer apartado donde se regula cuáles son las fuentes del derecho, y lo establece así: “Las fuentes del ordenamiento jurídico español son la ley, la costumbre y los principios generales del derecho”. 

En concreto, según dice el CC, estas fuentes de derecho se complementan, junto con la doctrina, con la jurisprudencia que establece el Tribunal Supremo (TS) de manera reiterada cuando interpreta y aplica la ley, la costumbre y los principios generales del derecho

 

JURISPRUDENCIA 

El término jurisprudencia tiene varios significados según el diccionario de la RAE (Real Academia Española). Puede referirse a jurisprudencia como ciencia del derecho, como el conjunto de sentencias de los tribunales, o como el criterio acordado para resolver un problema jurídico establecido por una pluralidad de sentencias. 

Por tanto, cuando se habla de jurisprudencia, en general, se refiere al sentido de resolución que da un tribunal cuando se plantean problemas iguales. De esta manera, según el CC, la jurisprudencia del TS es vinculante. Es decir, es obligatoria, porque se van creando precedentes y para dar así la misma solución a los mismos problemas que se plantean en ocasiones futuras . 

Pero, ¿cuántas sentencias son necesarias para crear jurisprudencia? Al estipular el CC que es necesario un carácter reiterado nos indica que debe haber, como mínimo, dos sentencias con igual resultado para crear jurisprudencia.

 

DOCTRINA

Por el contrario, la doctrina es la opinión de los expertos en derecho sobre diferentes temas. La doctrina es relevante y sirve como base para diferentes aspectos, como la formación del derecho o para las enseñanzas, ya que se promulga por expertos de reconocido prestigio. 

Aunque tiene un carácter fundamental en la reforma del derecho y en la resolución de las sentencias, a diferencia de la jurisprudencia, ésta no es obligatoria y un juez puede decidir si la utiliza o no.

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