La Fiscalía del Supremo lo tiene claro: el estado de alarma no prohíbe manifestarse

La Fiscalía del Supremo lo tiene claro: el estado de alarma no prohíbe manifestarse
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  • Esmeralda Vilchez Domínguez

El fiscal del Tribunal Supremo, Pedro Crespo ha enviado un comunicado a todos los fiscales superiores de las comunidades autónomas y provinciales sobre las pautas a establecer en cuanto a la celebración de manifestaciones durante el estado de alarma. El escrito pretende resolver las numerosas consultas realizadas sobre la prohibición, autorización o modificación de dichas manifestaciones.

Asimismo, la Fiscalía del Supremo afirma que el estado de alarma no es suficiente para detener el derecho de manifestación. Es más, se deberá atender cada caso concreto, además de valorar si las condiciones de «desescalada» de cada comunidad autónoma permiten o avalan las pretendidas protestas sin obviar la situación sanitaria.

En el mismo sentido, el fiscal argumenta que “la declaración del estado de alarma no permite la suspensión de ningún derecho fundamental, aunque sí la adopción de medidas que pueden suponer restricciones o limitaciones a su ejercicio».

En definitiva, el fiscal apela a cada caso concreto, debiendo estudiar la fase de desescalada en la que se encuentra cada territorio para así ajustar medidas lógicas y efectivas que aseguren y prevengan el riesgo de contagio. Todo ello, siguiendo las líneas que vienen anunciando las autoridades sanitarias en cuanto a la desaprobación de encontrarnos en aglomeraciones.

No cabe duda de que la epidemia del coronavirus no constituye un bloqueo frente a posibles manifestaciones durante el estado de alarma. No obstante, debe quedar claro que las autoridades podrán prohibirlas cuando concurran razones fundadas como la alteración del orden público que pueda suponer un peligro para personas o bienes. Al fin y al cabo, debemos recordar que los derechos fundamentales no son absolutos o ilimitados y, en este caso, su posible limitación viene determinada por la integridad física de las personas y la protección de la salud. La finalidad de todo ello radica en limitar el impacto que pueda provocar la propagación del coronavirus en los seres humanos.

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