Fernando Presencia es condenado a 34 meses de prisión

El presidente de la Asociación contra la Corrupción y en Defensa de la Acción Pública ha sido condenado por los delitos de denuncia falsa y calumnias con publicidad.
Fernando Presencia es condenado a 34 meses de prisión
Foto: Pixabay

La Audiencia Provincial (AP) de Toledo ha ratificado la sentencia impuesta por el Juzgado de lo Penal Nº 3 de Talavera (43/2021, de 8 de marzo). El ex magistrado y presidente de la Asociación contra la Corrupción y en Defensa de la Acción Pública ha sido condenado por denuncia falsa y por calumnias con publicidad.

Se le acusa de cometer estos delitos contra Ángel Demetrio de la Cruz Andrade, fiscal decano primero de Talavera de la Reina. Y es que Presencia acusó a Andrade de formar parte de un “entramado de corrupción” debido a la construcción de un chalet en una zona ilegal de la localidad de Pepino (a ocho kilómetros de Talavera de la Reina).

Por ello, la resolución determina que Presencia deberá pasar 16 meses en prisión por el primer delito y 18 por el segundo. En total, la condena asciende a 34 meses de prisión; lo equivalente a dos años y 10 meses en la cárcel.

La sentencia de Presencia

En este recurso de apelación se pueden observar todas las acciones legales llevadas a cabo por Presencia contra Andrade, siempre con resultados negativos.

Incluye además la denuncia contra dos comisarios de aguas de la Confederación Hidrográfica del Tajo, a quienes acusó de delitos de prevaricación urbanística. Esta se envió a Talavera por parte de la Audiencia Provincial de Madrid debido a que era la jurisdicción competente. Sin embargo, esta fue archivada.

La resolución de la AP de Toledo ha dejado claro que esta ha sido suspendida. El Ministerio Fiscal ha informado en los distintos procesos al conocer el recurso interpuesto para conocer la denuncia a los juzgados y tribunales de Talavera.

Cabe destacar que César Estirado, fiscal de Medio Ambiente de Madrid, entendió que los dos funcionarios de la Confederación Hidrográfica del Tajo podían haber participado en un delito de prevaricación urbanística omisiva.

Y es que este no hizo cumplir la ley sobre demoler el chalet ilegal. El 6 de marzo de 2009 se ordenó su demolición y el 13 de octubre de 2017 se requirió que se llevase a cabo. Sin embargo, el edificio sigue en pie. Este detalle no fue apreciado por parte de la magistrada de Talavera.

El juzgado toledano defiende que las denuncias que se han interpuesto no han llevado a ninguna parte y que por eso se debería estudiar si son o no delitos de denuncia falsa y de calumnias. Y así se ha determinado.

Whistleblower

La AP tampoco ha tenido en cuenta la reivindicación de Presencia sobre Whistleblower. Se basa en la Directiva UE 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de octubre de 2019. Esta versa sobre la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la UE.

El juzgado ha remarcado que esta Directiva no se encuentra en el ordenamiento jurídico español. Además, lo que ha alegado Presencia es anterior y “no tiene nada que ver” con lo que se estaba tratando.

Presencia recurrirá en casación ante el Tribunal Supremo.

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