Contratar al mismo trabajador con un salario menor es legal

Un tribunal ha reconocido que las empresas estatales pueden volver a contratar al mismo trabajador por el mismo salario.
Contratar al mismo trabajador con un salario menor es legal

Esto ocurrió con un camionero de recogida de residuos que trabajaba para el Ayuntamiento de Talavera. El trabajador fue inicialmente contratado para el puesto de manera temporal en 2013. Su salario era de 2.511 euros junto con un complemento adicional de 1.629, lo que sumaba un total de 4.140 euros brutos.

En agosto de 2015, el Ayuntamiento de Talavera volvió a contactar con el trabajador para que volviera a ofrecer sus servicios de manera temporal. No obstante, su retribución era mucho menor a la del año 2013 – tanto la base como el plus – , siendo de 1.300 euros brutos. En 2017 volvió a ser contratado temporalmente por el mismo dinero de la vez anterior.

Ante la bajada tan drástica del sueldo, el trabajador demandó al Ayuntamiento y ganó el juicio. El tribunal le concedió una indemnización de 12.139 euros. El juzgado reconocía su derecho del trabajador a percibir el mismo salario que recibía la primera vez que estaba contratado en 2013.

 

Contrato temporal independiente

No obstante, el Ayuntamiento recurrió la decisión. Ahora, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha avalado esas disminuciones en el salario. El Tribunal ha explicado que, si un trabajador vuelve a su puesto con un contrato temporal totalmente independiente del que tenía anteriormente con la empresa, el sueldo puede ser inferior.

El tribunal fundamenta su sentencia en el Convenio Colectivo aprobado en 2017. En su artículo 5 se recoge el ámbito temporal del mismo, el cual establece que entrará en vigor retrotrayéndose sus efectos económicos al 1 de enero de 2015. Esto quiere decir que el importe del plus puede ser inferior para los trabajadores contratados de manera temporal a partir del 1 de enero de 2015. Y en este caso, el camionero fue contratado nuevamente en 2015 y 2017.

José Ignacio Olmos, abogado laboralista del despacho Ceca Magán, ha especificado que “ese cambio se aprueba con carácter retroactivo, así que el acuerdo de 2017, se aplica en 2015″. Además, lo que se pactó es que «los trabajadores temporales de la administración local contratados a partir de 2015 ingresarían el salario base y el plus pactados ya con la rebaja«, ha aclarado el abogado. 

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