La Comunidad de Madrid destina 6 millones de euros para los abogados del turno de oficio

El dinero irá destinado al pago de las actuaciones de los letrados cuando a los ciudadanos se les rechaza la Asistencia Jurídica Gratuita a posteriori.
Madrid

La Comunidad de Madrid y el Consejo de Colegios de Abogados de la región, que engloba al Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM) y al Ilustre Colegio de Abogados de Alcalá de Henares (ICAAH), han suscrito este lunes un convenio que garantiza el pago de las actuaciones de los letrados del turno de oficio en aquellos supuestos en los que a los ciudadanos, de cuya defensa se hacen cargo, no les sea reconocido con posterioridad el beneficio de Asistencia Jurídica Gratuita, según ha informado el ICAM en un comunicado.

Mejorar la atención a los ciudadanos

El convenio, que recoge el pago de una subvención directa de 6 millones de euros para el ejercicio 2021, ha sido rubricado en la sede de la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas por el consejero Enrique López y los decanos del ICAM, José María Alonso, y del ICAAH, Ángel Llamas.

El decano del ICAM ha aprovechado este acto para manifestar la necesidad de mejorar la atención a los ciudadanos, dotando de medios suficientes a los Servicios de Orientación Jurídica y a los procesos de mediación, a los que no pueden acceder quienes carecen de medios económicos para sufragar el coste.

Madrid, pionera

Por su parte, López ha recordado que «la financiación del turno de oficio de los abogados es uno de los pilares de las políticas del Gobierno regional en el ámbito de la Justicia en aras de garantizar que cualquier ciudadano pueda acceder sin cortapisas a un servicio público tan esencial como es el de la Administración de Justicia».

Las actuaciones que quedan cubiertas mediante este convenio suponen en cuantía un 10% respecto del total que se certifican anualmente a la Comunidad de Madrid. Según señala José María Alonso, «la Comunidad de Madrid ha sido pionera en la implantación de esta fórmula que permite que los profesionales perciban las remuneraciones correspondientes a su trabajo, y que debió y debe ser recogido en la norma que regula la Asistencia Jurídica Gratuita, de forma que no estemos supeditados a la voluntariedad política de cada momento».

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