El juzgado de primera instancia nº5 de Donostia -País Vasco- estima la demanda reconvencional por parte de un cliente de una entidad bancaria tras ser demandado por el mismo debido al impago de unas deudas.
HECHOS
La entidad financiera Cetelem S.A interpuso demanda de Juicio Ordinario en base a la reclamación de una cantidad de dinero a nuestro cliente, como consecuencia de una deuda pendiente de pago más la indemnización y los gastos devengados por las cuotas impagadas.
Una vez analizadas las causas de la demanda por el abogado representante del cliente, varias de sus cláusulas presentaban carácter abusivo lo cual tenía repercusión económica en la reclamación iniciada por la entidad demandante. Por lo que se procede a reconvertir la demanda inicial.
ESTRATEGIAS
La parte demandada, a cargo de Vanessa Páez Ortiz del despacho jurídico «Páez & Ortiz», alega que existen una serie de cláusulas abusivas en el contrato del que deriva este pleito, cobrando unas cantidades indebidas a nuestro cliente.
Las cláusulas abusivas contempladas fueron la comisión de formalización, es decir, de apertura; comisión de reclamación de posiciones deudoras y, seguro de “protección” de pagos con prima integrada en la cuota del préstamo. Por todo ello, se solicita que dichas clausulas impugnadas previamente y resultando totalmente abusivas, se declaren nulas.
Para ello, la defensa se basa en Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, así como en toda la normativa reguladora de las relaciones entre las entidades bancarias y sus clientes, encontrando apoyo jurisprudencial en multitud de pronunciamientos de las distintas Audiencias Provinciales.
La parte demandante, por el contrato, lo que solicita es un abono íntegro de las deudas que presenta la demandada, manteniendo la validez de las clausulas y ratificando la cantidad reclamada judicialmente.
Para ello, aporta como documentación el contrato de financiación con la tarjeta de crédito y un desglose de la financiación del pago íntegro.
FALLO
La Sentencia, dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº5 de San Sebastián (País Vasco), estima íntegramente la demanda reconvencional presentada por Vanessa Páez Ortiz, anulando las cláusulas de comisión de apertura, reclamación de impagos y seguro de protección de pagos. Ello supuso para la parte demandada una reducción de un 20% en la deuda inicialmente reclamada por Cetelem, más los intereses legales. Además, la entidad financiera fue condenada al abono de las costas procesales de la demanda reconvencional.
Vanessa Páez Ortiz es abogada ejerciente y mediadora civil y mercantil. Tras más de 10 años de experiencia profesional en el sector financiero, en 2015 fundó el Despacho Jurídico Páez & Ortiz, con sede en San Sebastián (País Vasco),y actualmente en fase de expansión. Especializada en Derecho de la Contratación, Derecho Bancario y Responsabilidad Civil.
https://www.paezortiz.com/
Redacción Editorial a cargo de Idaira Loras Martín.