Se anula el nombramiento de dos jueces por irregularidades

El Alto Tribunal ha dictaminado que el nombramiento de los dos magistrados queda anulado y ha ordenado que el procedimiento sea retrotraído.
Se anula el nombramiento de dos jueces por irregularidades
Foto: Ekaterina Bolovtsova

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (TS) ha emitido dos sentencias donde anula los nombramientos de dos magistrados. A su juicio, entiende que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) infringió el procedimiento habitual para cubrir esas dos plazas. Y es que, el órgano no solicitó tres informes obligatorios, los cuales están contemplados en las bases de la convocatoria.

Los informes en cuestión son del Ministerio de Defensa, de la sala de Gobierno del tribunal militar central y del presidente de la sala quinta del TS.

De esta forma, ha anulado los nombramientos de Fernando Marín Castán y de Ricardo Cuesta del Castillo, ambos magistrados de la Sala Quinta del Alto Tribunal.

La sentencia

La sentencia ordena que el procedimiento vuelva al instante en que los informes se debieron solicitar. Es decir, tras estimarse la propuesta de estos candidatos.

Una vez se hayan entregado estos documentos, la sala de lo contencioso-administrativo ha indicado que deberá pasar un mes y medio hasta considerarse el nombramiento. Este es el tiempo estipulado que marca la ley.

Según dice, “fuera cual fuera la razón por la que no se solicitaron los informes, no puede admitirse que en tan breve lapso de tiempo los mismos hubiesen pasado de ser útiles a prescindibles hasta el punto de no ser siquiera solicitados”.

Además, ha dicho que es probable que esos informes no hubiesen cambiado la decisión de ambos nombramientos. Sin embargo, apunta que “si el Consejo había acordado que se solicitasen es porque entendía que su contenido podía ayudar”.

“Lo que no podían hacer era prescindir lisa y llanamente de las exigencias legales”, resalta el tribunal. Y es que, según han señalado, el saltarse el procedimiento podría hacer que hubiesen “especulaciones” sobre la selección de candidatos.

A pesar de haber anulado los nombramientos, el tribunal resalta que esto no debe afectar de forma negativa a los intereses de los candidatos a ocupar las plazas ofertadas.

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